SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (MALPRAXIS)
Ref.: Seguro de Responsabilidad Civil Profesional
Suscripción Anual período 2004/2005 - Novedades
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. en relación a la renovación y/o nueva suscripción del seguro de referencia, de acuerdo al convenio firmado oportunamente por el Sindicato Médico del Uruguay y el Banco de Seguros del Estado, a efectos de informarle los términos y condiciones para esta nueva vigencia.
En tal sentido, a continuación detallamos las condiciones de contratación que benefician a todos los médicos que adhieran a la póliza del S.M.U., por las que acceden a los mejores términos y condiciones del mercado, a saber:
1- Base de Cobertura: Claims Made con cláusula de descubrimiento.
Esta base de cobertura es la que ha ofrecido el B.S.E., y la que viene contratando el S.M.U. en los últimos años.
La base de cobertura claims made se caracteriza por requerir cobertura vigente tanto en el momento de suceder el hecho que da lugar al reclamo, como también en el momento de producirse el reclamo.
El descubrimiento es el período por el cual el asegurado, aún cuando no renovara su cobertura, queda protegido por insucesos ocurridos mientras contrataba el seguro. Este período comienza a contarse a partir de la conclusión de la última vigencia contratada, y por espacio de un año y sólo cubre hechos acaecidos mientras el seguro estuvo vigente
2- Costos:
El costo se mantiene invariable con respecto a la vigencia pasada.
Al igual que años anteriores, el costo para este nuevo período tendrá relación directa con el riesgo que implica el ejercicio de cada especialidad, con una cuarta categoría que comprende a odontólogos y auxiliares de la medicina.
| CATEGORIA I | U$S 440 |
| CATEGORIA II | U$S 530 |
| CATEGORIA III | U$S 850 |
| CATEGORIA IV | U$S 315 |
| CATEGORIA I | U$S 470 |
| CATEGORIA II | U$S 560 |
| CATEGORIA III | U$S 880 |
| CATEGORIA IV | U$S 350 |
| CATEGORIA I MEDICOS Y ESPECIALISTAS | CATEGORIA
II ESPECIALIDADES CON MANIOBRAS INVASIVAS |
| ADMINISTRACION DE LA SALUD - SALUD PUBLICA | ANATOMIA PATOLOGICA II |
| ALERGISTAS -DERMATOLOGOS I | CITOGENETICA - CITOLOGIA II |
| ANATOMIA PATOLOGICA I | CARDIOLOGIA II |
| CARDIOLOGIA I | DERMATOLOGIA II |
| CITOLOGIA Y CITODIAGNOSTICO CLINICO I | EMERGENCISTAS ADULTOS O NIÑOS |
| ENDOCRINOLOGIA - DIABETOLOGIA | GASTROENTEROLOGIA II |
| FISIATRIA - FISICA MEDICA Y REHABILITACION | HEMATOLOGIA - HEMATO ONCOLOGIA II |
| GASTROENTEROLOGIA I - PROCTOLOGO I | LABORATORIO CLINICO II |
| GERIATRIA | MEDICINA INTENSIVA - TERAPIA INT. ADULTOS O NIÑOS |
| HEMATOLOGIA - HEMATO ONCOLOGIA I | NEFROLOGIA II (CON DIALISIS) |
| HEMOTERAPIA | NEONATOLOGIA II |
| INFECTOLOGIA | NEUMOLOGIA II |
| INTERNISTAS - MEDICINA INTERNA | ODONTOLOGIA II (CON IMPLANTES) |
| LABORATORIO CLINICO I | ONCOLOGIA II |
| MEDICINA DEPORTIVA | TERAPIA DEL DOLOR |
| MEDICINA FAMILIAR | CATEGORIA III CIRUGIA Y ANESTESIA |
| MEDICINA GENERAL | ANESTESIOLOGIA |
| MEDICINA LABORAL | CIRUGIA CARDIOVASCULAR - CARDIOCIRUGIA |
| MEDICINA LEGAL | CIRUGIA DE TORAX |
| MEDICINA NUCLEAR | CIRUGIA DE URGENCIA Y EMERGENCIA |
| NEFROLOGIA I | CIRUGIA GENERAL |
| NEONATOLOGIA I | CIRUGIA PEDIATRICA |
| NEUMOLOGIA I | CIRUGIA PLASTICA Y ESTETICA |
| NEUROLOGIA - NEUROPEDIATRIA | CIRUGIA PROCTOLOGICA |
| OFTALMOLOGIA I | CIRUGIA VASCULAR - FLEBOLOGIA |
| ONCOLOGIA I | GINECOLOGIA - GINECOTOCOLOGIA - OBSTETRICIA |
| OTORRINOLARINGOLOGIA I | NEUROCIRUGIA |
| PEDIATRIA | OFTALMOLOGIA II |
| PSICOANALISIS | OTORRINOLARINGOLOGIA II |
| PSIQUIATRIA | TRAUMATOLOGIA Y ORTOPEDIA |
| RADIOLOGIA - IMAGENOLOGIA I | UROLOGIA |
| REUMATOLOGIA | |
| TOXICOLOGIA | CATEGORIA IV: ODONTOLOGIA Y AUXILIARES DE LA MEDICINA |
3 - Formas de pago:
Pago Contado: De elegir esta modalidad de pago el mismo deberá efectuarse al momento de la suscripción de acuerdo al cuadro anterior.
Pago Financiado: Los costos informados para esta modalidad de pago podrán abonarse hasta en seis cuotas, debiendo hacerse efectiva la primera al momento de la suscripción. Con relación al pago de las cuotas restantes, la cobranza será domiciliaria en las fechas tentativas que a continuación se detallan, pudiendo abonar también en la Sede Social del S.M.U. todos los miércoles de 13:00 a 17:00.
| Categoría | Octubre | Noviembre | Diciembre | Enero | Febrero | Marzo | TOTAL |
| I | U$S 120 | U$S 70 | U$S 70 | U$S 70 | U$S 70 | U$S 70 | U$S 470 |
| II | U$S 135 | U$S 85 | U$S 85 | U$S 85 | U$S 85 | U$S 85 | U$S 560 |
| III | U$S 180 | U$S 140 | U$S 140 | U$S 140 | U$S 140 | U$S 140 | U$S 880 |
| IV | U$S 100 | U$S 50 | U$S 50 | U$S 50 | U$S 50 | U$S 50 | U$S 350 |
4- Franquicia deducible:
Al igual que en la vigencia anterior, comunicamos que no será aplicable la franquicia deducible.
5- Servicio de consulta telefónica:
Además del servicio que presta nuestro corredor de seguros en materia de asesoramiento en nuestra Sede Social como en sus oficinas, Ud. cuenta con un servicio de asesoría letrada del B.S.E. por el cual los integrantes de nuestra póliza pueden realizar consultas con un abogado de guardia que estará a disposición en días hábiles de 10:00 a 19:00 horas.
Asimismo, pueden concurrir a la Comisión para el seguimiento del seguro de RCPM, cuyos miembros estarán a su disposición para cualquier consulta los segundos y cuartos jueves de cada mes a partir de las 19:00.
Tanto las consultas al B.S.E. como a la mencionada comisión podrán ser canalizadas a través de Roubrokers S.A. (Sr. Alberto Panetta, Sra. María José Gutiérrez), en la Sede Social del S.M.U. o telefónicamente (099 684565 / 099 699124).
6 - Suma Asegurada:
La suma asegurada básica cubierta por esta póliza es de U$S 50.000 y sin límite de eventos en el año, con una reposición automática de otros U$S 50.000.-, pudiendo aquellos profesionales que los soliciten contratar sumas aseguradas mayores.
7 - Jubilados:
Los jubilados podrán contratar cobertura con un período de descubrimiento de hasta cuatro años. Esta cobertura les permitirá cubrirse por los reclamos que se presenten durante los cuatro años siguientes al cese de su actividad, producidos durante los plazos que hubieren contratado el seguro.
Límite asegurado para jubilados:
U$S 50.000 por reclamo y
U$S 100.000 para la vigencia, 4 años.
Costo para jubilados: Contrariamente a lo ocurrido en vigencias anteriores, este adicional es sin cargo.
8 - Jefes de Servicio y/o Jefes de Equipo:
El presente seguro ampara a laos profesionales que cumplan las tareas de jefes por los actos médicos que realicen en forma personal con el paciente, y cuando actúen como consultantes.
En caso de querer cubrir la respopnsabilidad por los hechos de los dependientes ( todos aquellos que se encuentren bajo su dirección o supervisión), podrán hacerlo contratando el adicional correspondiente, el cual deberán solicitarlo específicamente al momento de la suscripción del seguro con el fin de que el B.S.E. nos brinde el costo correspondiente para cada caso particular.
SUSCRIPCIÓN:
Informamos que la contratación del seguro se llevará a cabo hasta el día 5 de noviembre próximo, únicamente en la Sede Social de lunes a viernes de 12:00 a 17:00, a través de nuestro corredor de seguros oficial y exclusivo, Sr. Alberto Panetta, quien les brindará el asesoramiento necesario.
Cabe destacar que aquellas renovaciones que se hicieran fuera del período mencionado, solo podrán pagarse al contado y con un costo mínimo de categoría II.
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Sindicato Médico del Uruguay - 2006-2007
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