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Convenio SMU - Seguros 

  • Br. Artigas 1521 Tel.401 4701 int.137 de 13 a 17 hs.

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL (MALPRAXIS)

  • Banco de Seguros del Estado – el costo tendrá relación directa con el riesgo que implica el ejercicio de cada especialidad. (Ampliar)

 

Convenio 

Ref.: Seguro de Responsabilidad Civil Profesional
Suscripción Anual período 2004/2005 - Novedades

De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. en relación a la renovación y/o nueva suscripción del seguro de referencia, de acuerdo al convenio firmado oportunamente por el Sindicato Médico del Uruguay y el Banco de Seguros del Estado, a efectos de informarle los términos y condiciones para esta nueva vigencia.

En tal sentido, a continuación detallamos las condiciones de contratación que benefician a todos los médicos que adhieran a la póliza del S.M.U., por las que acceden a los mejores términos y condiciones del mercado, a saber:

1- Base de Cobertura: Claims Made con cláusula de descubrimiento.

Esta base de cobertura es la que ha ofrecido el B.S.E., y la que viene contratando el S.M.U. en los últimos años.

La base de cobertura claims made se caracteriza por requerir cobertura vigente tanto en el momento de suceder el hecho que da lugar al reclamo, como también en el momento de producirse el reclamo.

El descubrimiento es el período por el cual el asegurado, aún cuando no renovara su cobertura, queda protegido por insucesos ocurridos mientras contrataba el seguro. Este período comienza a contarse a partir de la conclusión de la última vigencia contratada, y por espacio de un año y sólo cubre hechos acaecidos mientras el seguro estuvo vigente

2- Costos:

 El costo se mantiene invariable con respecto a la vigencia pasada. 

Al igual que años anteriores, el costo para este nuevo período tendrá relación directa con el riesgo que implica el ejercicio de cada especialidad, con una cuarta categoría que comprende a odontólogos y auxiliares de la medicina.

 

COSTOS ANUALES - PAGO CONTADO

 CATEGORIA I U$S 440
 CATEGORIA II U$S 530
 CATEGORIA III U$S 850
 CATEGORIA IV U$S 315

      
COSTOS ANUALES - PAGO FINANCIADO

 CATEGORIA I U$S 470
 CATEGORIA II U$S 560
 CATEGORIA III U$S 880
 CATEGORIA IV U$S 350

CUADRO DE CLASIFICACION DE ESPECIALIDADES POR CATEGORIA - B.S.E.

 CATEGORIA I MEDICOS Y ESPECIALISTAS CATEGORIA II
ESPECIALIDADES CON MANIOBRAS INVASIVAS
ADMINISTRACION DE LA SALUD - SALUD PUBLICA ANATOMIA PATOLOGICA II
ALERGISTAS -DERMATOLOGOS I CITOGENETICA - CITOLOGIA II
ANATOMIA PATOLOGICA I CARDIOLOGIA II
CARDIOLOGIA I DERMATOLOGIA II
CITOLOGIA Y CITODIAGNOSTICO CLINICO I EMERGENCISTAS ADULTOS O NIÑOS
ENDOCRINOLOGIA - DIABETOLOGIA GASTROENTEROLOGIA II
FISIATRIA - FISICA MEDICA Y REHABILITACION HEMATOLOGIA - HEMATO ONCOLOGIA II
GASTROENTEROLOGIA I - PROCTOLOGO I LABORATORIO CLINICO II
GERIATRIA MEDICINA INTENSIVA - TERAPIA INT. ADULTOS O NIÑOS
HEMATOLOGIA - HEMATO ONCOLOGIA I NEFROLOGIA II (CON DIALISIS)
HEMOTERAPIA NEONATOLOGIA II
INFECTOLOGIA NEUMOLOGIA II
INTERNISTAS - MEDICINA INTERNA ODONTOLOGIA II (CON IMPLANTES)
LABORATORIO CLINICO I ONCOLOGIA II
MEDICINA DEPORTIVA TERAPIA DEL DOLOR
MEDICINA FAMILIAR CATEGORIA III CIRUGIA Y ANESTESIA
MEDICINA GENERAL ANESTESIOLOGIA
MEDICINA LABORAL CIRUGIA CARDIOVASCULAR - CARDIOCIRUGIA
MEDICINA LEGAL CIRUGIA DE TORAX
MEDICINA NUCLEAR CIRUGIA DE URGENCIA Y EMERGENCIA
NEFROLOGIA I CIRUGIA GENERAL
NEONATOLOGIA I CIRUGIA PEDIATRICA
NEUMOLOGIA I CIRUGIA PLASTICA Y ESTETICA
NEUROLOGIA - NEUROPEDIATRIA CIRUGIA PROCTOLOGICA
OFTALMOLOGIA I CIRUGIA VASCULAR - FLEBOLOGIA
ONCOLOGIA I GINECOLOGIA - GINECOTOCOLOGIA - OBSTETRICIA
OTORRINOLARINGOLOGIA I NEUROCIRUGIA
PEDIATRIA OFTALMOLOGIA II
PSICOANALISIS OTORRINOLARINGOLOGIA II
PSIQUIATRIA TRAUMATOLOGIA Y ORTOPEDIA
RADIOLOGIA - IMAGENOLOGIA I UROLOGIA
REUMATOLOGIA  
TOXICOLOGIA CATEGORIA IV: ODONTOLOGIA Y AUXILIARES DE LA MEDICINA

 

3 - Formas de pago:

Pago Contado: De elegir esta modalidad de pago el mismo deberá efectuarse al momento de la suscripción de acuerdo al cuadro anterior.

Pago Financiado: Los costos informados para esta modalidad de pago podrán abonarse hasta en seis cuotas, debiendo hacerse efectiva la primera al momento de la suscripción. Con relación al pago de las cuotas restantes, la cobranza será domiciliaria en las fechas tentativas que a continuación se detallan, pudiendo abonar también en la Sede Social del S.M.U. todos los miércoles de 13:00 a 17:00.

Categoría Octubre Noviembre Diciembre Enero Febrero Marzo TOTAL
I U$S 120 U$S  70 U$S  70 U$S 70 U$S 70 U$S 70 U$S 470
II U$S 135 U$S  85 U$S  85 U$S 85 U$S 85 U$S 85 U$S 560
III U$S 180 U$S 140 U$S 140 U$S 140 U$S 140 U$S 140 U$S 880
IV U$S 100 U$S  50 U$S  50 U$S 50 U$S 50 U$S 50 U$S 350

4- Franquicia deducible:

Al igual que en la vigencia anterior, comunicamos que no será aplicable la franquicia deducible.

5- Servicio de consulta telefónica:

Además del servicio que presta nuestro corredor de seguros en materia de asesoramiento en nuestra Sede Social como en sus oficinas, Ud. cuenta con un servicio de asesoría letrada del B.S.E. por el cual los integrantes de nuestra póliza pueden realizar consultas con un abogado de guardia que estará a disposición en días hábiles de 10:00 a 19:00 horas.

Asimismo, pueden concurrir a la Comisión para el seguimiento del seguro de RCPM, cuyos miembros estarán a su disposición para cualquier consulta los segundos y cuartos jueves de cada mes a partir de las 19:00.

Tanto las consultas al B.S.E. como a la mencionada comisión podrán ser canalizadas a través de Roubrokers S.A. (Sr. Alberto Panetta, Sra. María José Gutiérrez), en la Sede Social del S.M.U. o telefónicamente (099 684565 / 099 699124).

6 - Suma Asegurada:

La suma asegurada básica cubierta por esta póliza es de U$S 50.000 y sin límite de eventos en el año, con una reposición automática de otros U$S 50.000.-,  pudiendo aquellos profesionales que los soliciten contratar sumas aseguradas mayores.

7 - Jubilados:

Los jubilados podrán contratar cobertura con un período de descubrimiento de hasta cuatro años. Esta cobertura les permitirá cubrirse por los reclamos que se presenten durante los cuatro años siguientes al cese de su actividad, producidos durante los plazos que hubieren contratado el seguro.

Límite asegurado para jubilados:
U$S 50.000 por reclamo y
U$S 100.000 para la vigencia, 4 años.

Costo para jubilados: Contrariamente a lo ocurrido en vigencias anteriores, este adicional es sin cargo.

8 - Jefes de Servicio y/o Jefes de Equipo:

El presente seguro  ampara a laos profesionales que cumplan las tareas de jefes por los actos médicos que realicen en forma personal con el paciente, y cuando actúen como consultantes.

En caso de querer cubrir la respopnsabilidad por los hechos de los dependientes ( todos aquellos que se encuentren bajo su dirección o supervisión), podrán hacerlo contratando el adicional correspondiente, el cual deberán solicitarlo específicamente al momento de la suscripción del seguro con el fin de que el B.S.E.  nos brinde el costo correspondiente para cada caso particular. 

 

SUSCRIPCIÓN:

Informamos que la contratación del seguro se llevará a cabo hasta el día 5 de noviembre próximo, únicamente en la Sede Social de lunes a viernes de 12:00 a 17:00, a través de nuestro corredor de seguros oficial y exclusivo, Sr. Alberto Panetta, quien les brindará el asesoramiento necesario.

Cabe destacar que aquellas renovaciones que se hicieran fuera del período mencionado, solo podrán pagarse al contado y con un costo mínimo de categoría II.


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