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Carta de agradecimiento


Sr. Director General del CASMU 
Dr. Félix Rígoli
Presente

De mi mayor consideración y respeto.

Deseo, por este medio, agradecerle a Ud., en nombre de la Institución y especialmente a las Dras. María del Carmen Tasende y Miriam Lansarot así como a las fisioterapeutas Nora Castro y Marta Ciriutana por el apoyo, el trato humano y profesionalidad con que me asistieron y mitigaron gran parte de mi sufrimiento personal.

Soy diabético y padecí la necrosis del segundo dedo de mi pie derecho, hoy lamentablemente amputado, pero el CASMU no escatimó ningún esfuerzo por ayudarme, incluso habilitando el Departamento de Fisiatría sábados y domingos, y utilizando el vasotrain, procedimiento de avanzada mundial para mejorar los trastornos circulatorios.

Desearía, si está a su alcance, extender este agradecimiento a la Junta Directiva y, del mismo modo, enviar copia a la revista Noticias.

Saludo a usted muy atentamente.

Dr. Roberto Vallarino


Fondo de Solidaridad Social del SMU 

 Sobre la Prima por Retiro Médico

La Comisión Directiva del Fondo de Solidaridad Social se siente en la obligación de dirigirse a todos los afiliados del FSS a fin de aclarar una disposición estatutaria que ha provocado confusión a muchos médicos, sobre todo a raíz de la publicación en el número de julio pasado de Noticias, del Reglamento de otorgamiento de la Prima por Retiro Médico.

En realidad, conjuntamente con el Reglamento y estableciendo que son condicionantes de éste, debió hacerse la transcripción de los artículos 23º inciso c, y 25º inciso e, de los Estatutos del FSS, que son los que determinan quiénes tienen derecho al citado beneficio.

La Asamblea de Socios del SMU del día 14 de mayo de 1992, en una modificación estatutaria del FSS sancionó, entre otros, ambos artículos, de los cuales, el artículo 25º inciso e establece taxativamente que dicho beneficio corresponderá a los "afiliados activos", o sea en el ejercicio activo de la profesión, en el momento de su Retiro o Jubilación.

Esta disposición pues, no puede tener efecto retroactivo y no ampara, por lo tanto, a los médicos que se retiraron o jubilaron con anterioridad a esa fecha.

El motivo fundamental es que el Retiro Médico no estaba financiado hasta entonces; por ello la Comisión Directiva del FSS propuso en esa ocasión y la Asamblea aprobó, una cuota extraordinaria o complementaria que se recaudó desde junio de 1992 hasta mayo de 1993, incorporándola luego a los recursos normales del FSS, por lo que recién a partir de esta última fecha se empezó a otorgar la Prima de Retiro.

Esta Comisión Directiva es la primera en lamentar la confusión creada a este respecto, y por lo mismo compromete desde ya sus mayores esfuerzos en la creación de nuevos beneficios y en la mejora de los ya existentes, para todos los que con su aporte contribuyen al fortalecimiento económico del FSS.

La Comisión Directiva
del Fondo de Solidaridad Social

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