Compensación por gastos de locomoción

Valores anteriores

Montevideo, setiembre de 2022

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2022, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 1.15 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.2022 resulta:

Médicos

Concepto ($) setiembre-22
Dentro o fuera de radio $ 417.07
Por radio extenso $ 451.97

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 97.57
Por radio extenso $ 120.07
Urgencia, domingos y feriados $ 130.11

Montevideo, julio de 2022

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2022, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 2.47 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.2022 resulta:

Médicos

Concepto ($) julio-22
Dentro o fuera de radio $ 412.34
Por radio extenso $ 446.85

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 96.47
Por radio extenso $ 118.71
Urgencia, domingos y feriados $ 128.64

Montevideo, mayo de 2022

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2022, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 3.25 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.2022 resulta:

Médicos

Concepto ($) mayo-22
Dentro o fuera de radio $ 402.38
Por radio extenso $ 436.05

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 94.14
Por radio extenso $ 115.84
Urgencia, domingos y feriados $ 125.53

Montevideo, marzo de 2022

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de marzo de 2022, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 1.66 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.2022 resulta:

Médicos

Concepto ($) marzo-22
Dentro o fuera de radio $ 389.73
Por radio extenso $ 422.34

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 91.18
Por radio extenso $ 112.20
Urgencia, domingos y feriados $ 121.58

Montevideo, enero de 2022

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de enero de 2022, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 2.25 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.2021 resulta:

Médicos

Concepto ($) enero-22
Dentro o fuera de radio $ 383.37
Por radio extenso $ 415.45

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 89.69
Por radio extenso $ 110.37
Urgencia, domingos y feriados $ 119.60

Montevideo, noviembre de 2021

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2021, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un -0.09 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.2021 resulta:

Médicos

Concepto ($) noviembre-21
Dentro o fuera de radio $ 374.94
Por radio extenso $ 406.31

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 87.72
Por radio extenso $ 107.94
Urgencia, domingos y feriados $ 116.97

Montevideo, setiembre de 2021

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2021, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 4.76 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.2021 resulta:

Médicos

Concepto ($) setiembre-21
Dentro o fuera de radio $ 375.29
Por radio extenso $ 406.69

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 87.80
Por radio extenso $ 108.04
Urgencia, domingos y feriados $ 117.08

Montevideo, julio de 2021

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2021, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 3.36 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.2021 resulta:

Médicos

Concepto ($) julio-21
Dentro o fuera de radio $ 358.24
Por radio extenso $ 388.21

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 88.31
Por radio extenso $ 103.13
Urgencia, domingos y feriados $ 117.76

Montevideo, marzo de 2021

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de marzo de 2021, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 2.99 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.2021 resulta:

Médicos

Concepto ($) marzo-21
Dentro o fuera de radio $ 346.19
Por radio extenso $ 375.16

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 80.99
Por radio extenso $ 99.67
Urgencia, domingos y feriados $ 108.00

Montevideo, mayo de 2021

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2021, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.12 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.2021 resulta:

Médicos

Concepto ($) mayo-21
Dentro o fuera de radio $ 346.59
Por radio extenso $ 375.60

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 81.08
Por radio extenso $ 99.78
Urgencia, domingos y feriados $ 108.13

Montevideo, marzo de 2021

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de marzo de 2021, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 2.99 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.2021 resulta:

Médicos

Concepto ($) marzo-21
Dentro o fuera de radio $ 346.19
Por radio extenso $ 375.16

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 80.99
Por radio extenso $ 99.67
Urgencia, domingos y feriados $ 108.00

Montevideo, noviembre de 2020

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de noviembre de 2020, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.13 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.2020 resulta:

Médicos

Concepto ($) noviembre-20
Dentro o fuera de radio $ 333.63
Por radio extenso $ 361.54

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 78.05
Por radio extenso $ 96.05
Urgencia, domingos y feriados $ 104.08

Montevideo, setiembre de 2020

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2020, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.68 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.2020 resulta:

Médicos

Concepto ($) setiembre-20
Dentro o fuera de radio $ 333.21
Por radio extenso $ 361.09

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 77.95
Por radio extenso $ 95.93
Urgencia, domingos y feriados $ 103.95

Montevideo, julio de 2020

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2020, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.50 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.2020 resulta:

Médicos

Concepto ($) julio-20
Dentro o fuera de radio $ 330.97
Por radio extenso $ 358.66

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 77.43
Por radio extenso $ 95.28
Urgencia, domingos y feriados $ 103.25

Montevideo, mayo de 2020

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2020, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.85 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.03.2020 resulta:

Médicos

Concepto ($) may-20
Dentro o fuera de radio $ 329.32
Por radio extenso $ 356.87

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 77.04
Por radio extenso $ 94.81
Urgencia, domingos y feriados $ 102.74

Montevideo, marzo de 2020

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de marzo de 2020, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.22 % y aplicándola a los valores vigentes al 29.02.2020 resulta:

Médicos

Concepto ($) mar-20
Dentro o fuera de radio $ 326.54
Por radio extenso $ 353.86

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 76.39
Por radio extenso $ 94.01
Urgencia, domingos y feriados $ 101.87

Montevideo, enero de 2020

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de enero de 2020, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.89 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.2019 resulta:

Médicos

Concepto ($) enero-20
Dentro o fuera de radio $ 325.80
Por radio extenso $ 353.07

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 76.22
Por radio extenso $ 93.80
Urgencia, domingos y feriados $ 101.64

Montevideo, noviembre de 2019

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de noviembre de 2019, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.96 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.2019 resulta:

Médicos

Concepto ($) noviembre-19
Dentro o fuera de radio $ 322.94
Por radio extenso $ 349.96

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 75.55
Por radio extenso $ 92.97
Urgencia, domingos y feriados $ 100.75

Montevideo, julio de 2019

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2019, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.38 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.2019 resulta:

Médicos

Concepto ($) julio-19
Dentro o fuera de radio $ 318.82
Por radio extenso $ 345.50

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 74.59
Por radio extenso $ 91.79
Urgencia, domingos y feriados $ 99.46

Montevideo, mayo de 2019

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2019, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 1.24 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.2019 resulta:

Médicos

Concepto ($) mayo-19
Dentro o fuera de radio $ 317.62
Por radio extenso $ 344.20

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 74.31
Por radio extenso $ 91.44
Urgencia, domingos y feriados $ 99.09

Montevideo, marzo de 2019

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de marzo de 2019, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 1.18 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.2019 resulta:

Médicos

Concepto ($) marzo-19
Dentro o fuera de radio $ 313.74
Por radio extenso $ 340.00

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 73.40
Por radio extenso $ 90.32
Urgencia, domingos y feriados $ 97.88

Montevideo, enero de 2019

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de enero de 2019, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.84 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.2018 resulta:

Médicos

Concepto ($) enero-19
Dentro o fuera de radio $ 310.09
Por radio extenso $ 336.04

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 72.55
Por radio extenso $ 89.27
Urgencia, domingos y feriados $ 96.74

Montevideo, noviembre de 2018

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de noviembre de 2018, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.73 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.2018 resulta:

Médicos

Concepto ($) noviembre-18
Dentro o fuera de radio $ 307.50
Por radio extenso $ 333.24

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 71.94
Por radio extenso $ 88.53
Urgencia, domingos y feriados $ 95.93

Montevideo, setiembre de 2018

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2018, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 3.06 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.2018 resulta:

Médicos

Concepto ($) setiembre-18
Dentro o fuera de radio $ 305.26
Por radio extenso $ 330.81

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 71.42
Por radio extenso $ 87.88
Urgencia, domingos y feriados $ 95.23

Montevideo, julio de 2018

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2018, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 1.16 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.2018 resulta:

Médicos

Concepto ($) julio-18
Dentro o fuera de radio $ 296.19
Por radio extenso $ 320.98

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 69.29
Por radio extenso $ 85.27
Urgencia, domingos y feriados $ 92.40

Montevideo, mayo de 2018

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2018, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un -0.15 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.2018 resulta:

Médicos

Concepto ($) mayo-18
Dentro o fuera de radio $ 292.80
Por radio extenso $ 317.30

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 68.50
Por radio extenso $ 84.30
Urgencia, domingos y feriados $ 91.35

Montevideo, marzo de 2018

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de marzo de 2018, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 3.67 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.2018 resulta:

Médicos

Concepto ($) marzo-18
Dentro o fuera de radio $ 293.25
Por radio extenso $ 317.79

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 68.61
Por radio extenso $ 84.43
Urgencia, domingos y feriados $ 91.49

Montevideo, enero de 2018

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de enero de 2018, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 1.09 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.2017 resulta:

Médicos

Concepto ($) enero-18
Dentro o fuera de radio $ 282.86
Por radio extenso $ 306.53

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 66.17
Por radio extenso $ 81.43
Urgencia, domingos y feriados $ 88.24

Montevideo, noviembre de 2017

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de noviembre de 2017, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.29 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.2017 resulta:

Médicos

Concepto ($) noviembre-17
Dentro o fuera de radio $ 279.82
Por radio extenso $ 303.23

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 65.46
Por radio extenso $ 80.56
Urgencia, domingos y feriados $ 87.30

Montevideo, setiembre de 2017

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2017, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.01 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.2017 resulta:

Médicos

Concepto ($) setiembre-17
Dentro o fuera de radio $ 279.00
Por radio extenso $ 302.35

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 65.27
Por radio extenso $ 80.32
Urgencia, domingos y feriados $ 87.04

Montevideo, julio de 2017

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2017, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.48 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.2017 resulta:

Médicos

Concepto ($) julio-17
Dentro o fuera de radio $ 278.98
Por radio extenso $ 302.33

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 65.27
Por radio extenso $ 80.32
Urgencia, domingos y feriados $ 87.04

Montevideo, mayo de 2017

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2017, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un -0.03 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.2017 resulta:

Médicos

Concepto ($) mayo-17
Dentro o fuera de radio $ 277.64
Por radio extenso $ 300.88

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 64.95
Por radio extenso $ 79.93
Urgencia, domingos y feriados $ 86.62

Montevideo, marzo de 2017

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de marzo de 2017, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 4.75 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.2017 resulta:

Médicos

Concepto ($) marzo-17
Dentro o fuera de radio $ 277.71
Por radio extenso $ 300.95

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 64.97
Por radio extenso $ 79.95
Urgencia, domingos y feriados $ 86.64

Montevideo, enero de 2017

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de enero de 2017, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.81 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.2016 resulta:

Médicos

Concepto ($) enero-17
Dentro o fuera de radio $ 265.13
Por radio extenso $ 287.32

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 62.03
Por radio extenso $ 76.33
Urgencia, domingos y feriados $ 82.71

Montevideo, noviembre de 2016

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El ajuste se produce a partir del 1º de noviembre de 2016, según la variación experimentada por el rubro “Funcionamiento de equipo de transporte personal”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un -0,01% y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.16 resulta:

Médicos

Concepto ($) noviembre-16
Dentro o fuera de radio $ 262.99
Por radio extenso $ 285.00

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 61.53
Por radio extenso $ 75.71
Urgencia, domingos y feriados $ 82.05

Montevideo, setiembre de 2016

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2016, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.21 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.2016 resulta:

Médicos

Concepto ($) setiembre-16
Dentro o fuera de radio $ 263.01
Por radio extenso $ 285.02

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 61.53
Por radio extenso $ 75.72
Urgencia, domingos y feriados $ 82.05

Montevideo, julio de 2016

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de julio de 2016, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.71 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.2016 resulta:

Médicos

Concepto ($) julio-16
Dentro o fuera de radio $ 262.47
Por radio extenso $ 284.44

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 61.40
Por radio extenso $ 75.56
Urgencia, domingos y feriados $ 81.88

Montevideo, marzo de 2016

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de marzo de 2016, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 2.40 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.2016 resulta:

Médicos

Concepto ($) marzo-16
Dentro o fuera de radio $ 260.56
Por radio extenso $ 282.37

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 60.96
Por radio extenso $ 75.01
Urgencia, domingos y feriados $ 81.29

Montevideo, enero de 2016

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de enero de 2016, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.08 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.15 resulta:

Médicos

Concepto ($) enero-16
Dentro o fuera de radio $ 254.44
Por radio extenso $ 275.74

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 59.53
Por radio extenso $ 73.25
Urgencia, domingos y feriados $ 79.38

Montevideo, noviembre de 2015

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de noviembre de 2015, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.70 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.15 resulta:

Médicos

Concepto ($) noviembre-15
Dentro o fuera de radio $ 254.23
Por radio extenso $ 275.51

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 59.48
Por radio extenso $ 73.19
Urgencia, domingos y feriados $ 79.31

Montevideo, setiembre de 2015

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de setiembre de 2015, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 4.04 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.15 resulta:

Médicos

Concepto ($) setiembre-15
Dentro o fuera de radio $ 252.46
Por radio extenso $ 273.59

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 59.06
Por radio extenso $ 72.68
Urgencia, domingos y feriados $ 78.76

Montevideo, julio de 2015

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2015, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.58 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.15 resulta:

Médicos

Dentro o fuera de radio $ 242.66
Por radio extenso $ 262.97

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 56.77
Por radio extenso $ 69.86
Urgencia, domingos y feriados $ 75.70

Montevideo, mayo de 2015

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de mayo de 2015, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.45 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.15 resulta:

Médicos

Dentro o fuera de radio $ 241.27
Por radio extenso $ 261.46

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 56.44
Por radio extenso $ 69.46
Urgencia, domingos y feriados $ 75.27

Montevideo, marzo de 2015

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de marzo de 2015, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 1.83 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.15 resulta:

Médicos

Dentro o fuera de radio $ 240.19
Por radio extenso $ 260.29

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 56.19
Por radio extenso $ 69.15
Urgencia, domingos y feriados $ 74.93

Montevideo, enero de 2015

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de enero de 2015, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 1.15 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.14 resulta:

Médicos

Dentro o fuera de radio $ 235.88
Por radio extenso $ 255.62

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 55.18
Por radio extenso $ 67.91
Urgencia, domingos y feriados $ 73.59

Montevideo, marzo de 2014

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de marzo de 2014, según la variación experimentada por el rubro "Funcionamiento de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 4.04 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.14 resulta:

Médicos

Dentro o fuera de radio $ 226.03
Por radio extenso $ 244.94

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 52.88
Por radio extenso $ 65.07
Urgencia, domingos y feriados $ 70.51

Montevideo, enero de 2014

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de enero de 2014, según la variación experimentada por el rubro "mantenimiento y utilización de equipo de transporte", del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.83 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.13 resulta:

Médicos

Dentro o fuera de radio $ 217.25
Por radio extenso $ 235.43

Practicantes de medicina

Dentro o fuera de radio $ 50.82
Por radio extenso $ 62.54
Urgencia, domingos y feriados $ 67.78

Montevideo, marzo de 2013

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de marzo de 2013, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 1.08 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.13 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 200.83
  • Por radio extenso....................................................... $ 217.63

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 46.98
  • Por radio extenso....................................................... $ 57.82
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 61.65

Montevideo, enero de 2013

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de enero de 2013, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0.10 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.12 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 198.69
  • Por radio extenso....................................................... $ 215.31

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 46.48
  • Por radio extenso....................................................... $ 57.20
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 61.99

Montevideo, noviembre de 2012

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de noviembre de 2012, según la variación experimentada por el rubro “Funcionamiento de equipo de transporte personal”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un -0.12% y aplicándola a los valores vigentes al 30.10.12 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 198.50
  • Por radio extenso....................................................... $ 215.11

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 46.44
  • Por radio extenso....................................................... $ 57.15
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 61.93

Montevideo, setiembre de 2012

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2012, según la variación experimentada por el rubro “Funcionamiento de equipo de transporte personal”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 1,02% y aplicándola a los valores vigentes al 30.08.12 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 198.74
  • Por radio extenso....................................................... $ 215.37

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 46.49
  • Por radio extenso....................................................... $ 57.22
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 62.00

Montevideo, julio de 2012

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2012, según la variación experimentada por el rubro “Funcionamiento de equipo de transporte personal”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 1,80% y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.12 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 196.74
  • Por radio extenso....................................................... $ 213.21

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 46.03
  • Por radio extenso....................................................... $ 56.64
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 61.38



Montevideo, marzo de 2012

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de marzo de 2012, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un -1,22 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.12 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 190.43
  • Por radio extenso....................................................... $ 206.37

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 44.55
  • Por radio extenso....................................................... $ 54.82
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 59.41

Montevideo, enero de 2012

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de enero de 2012, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 3,47 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.11 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 192.78
  • Por radio extenso....................................................... $ 208.91

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 45.10
  • Por radio extenso....................................................... $ 55.50
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 60.14

Montevideo, noviembre de 2011

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de noviembre de 2011, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,83 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.11 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 186.31
  • Por radio extenso....................................................... $ 201.90

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 43.59
  • Por radio extenso....................................................... $ 53.64
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 58.12

Montevideo, setiembre de 2011

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de setiembre de 2011, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,83 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.11 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 184.78
  • Por radio extenso....................................................... $ 200.25

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 43.23
  • Por radio extenso....................................................... $ 53.20
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 57.65

Montevideo, julio de 2011

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de julio de 2011, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,75 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.11 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 183.27
  • Por radio extenso....................................................... $ 198.61

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 42.88
  • Por radio extenso....................................................... $ 52.76
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 57.18

Montevideo, mayo de 2011

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de mayo de 2011, según la variación experimentada por el rubro “Funcionamiento de equipo de transporte personal”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 3,71 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.11 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 181.90
  • Por radio extenso....................................................... $ 197.12

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 42.55
  • Por radio extenso....................................................... $ 52.37
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 56.75

Montevideo, marzo de 2011

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de marzo de 2011, según la variación experimentada por el rubro “Funcionamiento de equipo de transporte personal”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,92 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.11 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 175.40
  • Por radio extenso....................................................... $ 190.08

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 41.03
  • Por radio extenso....................................................... $ 50.50
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 54.72

Montevideo, enero de 2011

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de enero de 2011, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,22 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.10 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 173.80
  • Por radio extenso....................................................... $ 188.34

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40.66
  • Por radio extenso....................................................... $ 50.04
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 54.22

Montevideo, noviembre de 2010

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de noviembre de 2010, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,2 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.10 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 173.42
  • Por radio extenso....................................................... $ 187.93

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40.57
  • Por radio extenso....................................................... $ 49.93
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 54.10

Montevideo, setiembre de 2010

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2010, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,63 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.08.10 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 173.07
  • Por radio extenso....................................................... $ 187.56

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40.49
  • Por radio extenso....................................................... $ 49.83
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 53.99

Montevideo, julio de 2010

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2010, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,47 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.10 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 171.99
  • Por radio extenso....................................................... $ 186.38

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40.24
  • Por radio extenso....................................................... $ 49.52
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 53.66

Montevideo, mayo de 2010

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2010, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,13 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.10 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 171.19
  • Por radio extenso....................................................... $ 185.51

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40.05
  • Por radio extenso....................................................... $ 49.28
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 53.41

Montevideo, marzo de 2010

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de marzo de 2010, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un -2,50 % y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.10 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 170.96
  • Por radio extenso....................................................... $ 185.27

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40.00
  • Por radio extenso....................................................... $ 49.22
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 53.34

Montevideo, enero de 2010

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de enero de 2010, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un -0,18 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.09 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 175.34
  • Por radio extenso....................................................... $ 190.01

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 41.02
  • Por radio extenso...................................................... $ 50.48
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 54.70

Montevideo, noviembre de 2009

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de noviembre de 2009, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 0,87% y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.09 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 175.65
  • Por radio extenso....................................................... $ 190.35

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 41.09
  • Por radio extenso...................................................... $ 50.57
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 54.80

 

Montevideo, setiembre de 2009

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2009, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 4,88% y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.09 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 174.13
  • Por radio extenso....................................................... $ 188.70

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40.74
  • Por radio extenso....................................................... $ 50.13
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 54.32

Montevideo, julio de 2009

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2009, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 9,21% y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.09 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 166.02
  • Por radio extenso....................................................... $ 179.91

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 38.84
  • Por radio extenso....................................................... $ 47.80
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 51.79

Montevideo, mayo de 2009

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2009, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un -0,2% y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.09 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 152.01
  • Por radio extenso....................................................... $ 164.73

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 35.56
  • Por radio extenso....................................................... $ 43.76
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 47.42

Montevideo, marzo de 2009

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de marzo de 2009, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un -7,27% y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.09 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 152.31
  • Por radio extenso....................................................... $ 165.06

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 35.63
  • Por radio extenso....................................................... $ 43.85
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 47.52

Montevideo, enero de 2009

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de enero de 2009, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un -6,74% y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.08 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 164.25
  • Por radio extenso....................................................... $ 177.99

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 38.42
  • Por radio extenso....................................................... $ 47.29
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 51.24

Montevideo, noviembre de 2008

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de noviembre de 2008, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un -5,83% y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.08 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 176.11
  • Por radio extenso....................................................... $ 190.85

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 41.20
  • Por radio extenso....................................................... $ 50.70
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 54.94

Montevideo, setiembre de 2008

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2008, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 1,31% y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.08 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 187.01
  • Por radio extenso....................................................... $ 202.66

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 43.75
  • Por radio extenso....................................................... $ 53.84
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 58.34

Montevideo, julio de 2008

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2008, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 5,58% y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.08 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 184.59
  • Por radio extenso....................................................... $ 200.04

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 43.18
  • Por radio extenso....................................................... $ 53.14
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 57.59

Montevideo, mayo de 2008

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2008, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 1,735% y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.08 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 174.83
  • Por radio extenso....................................................... $ 189.46

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40.90
  • Por radio extenso....................................................... $ 50.33
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 54.54

 

Montevideo, marzo de 2008

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de marzo de 2008, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 0,22% y aplicándola a los valores vigentes al 28.02.08 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 171.86
  • Por radio extenso....................................................... $ 186.24

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40.21
  • Por radio extenso....................................................... $ 49.48
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 53.62

 

Montevideo, noviembre de 2007

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de noviembre de 2007, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un -3,15% y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.07 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 168.45
  • Por radio extenso....................................................... $ 182.55

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 39.41
  • Por radio extenso....................................................... $ 48.50
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 52.55

 

Montevideo, setiembre de 2007

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de setiembre de 2007, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 4,39% y aplicándola a los valores vigentes al 31.08.07 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 173,93
  • Por radio extenso....................................................... $ 188,49

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40,69
  • Por radio extenso....................................................... $ 50,07
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 54,26

 

Montevideo, julio de 2007

De nuestra mayor consideración:

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de julio de 2007, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 1,69% y aplicándola a los valores vigentes al 30.06.07 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 166,62
  • Por radio extenso....................................................... $ 180,56

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 38,98
  • Por radio extenso....................................................... $ 47,97
  • Urgencia, domingos y feriados...................................  $ 51,98

 


Montevideo, mayo de 2007

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde aumentar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico.

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2007, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses.

Dicha variación es de un 2,75% y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.07 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 163,84
  • Por radio extenso....................................................... $ 177,56

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 38,33
  • Por radio extenso....................................................... $ 47,17
  • Urgencia, domingos y feriados-.................................. $ 51,12