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Sindicato Médico del Uruguay

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Compensación por gastos de locomoción

Montevideo, mayo de 2010

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El incremento se produce a partir del 1º de mayo de 2010, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,13 % y aplicándola a los valores vigentes al 30.04.10 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 171.19
  • Por radio extenso....................................................... $ 185.51

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 40.05
  • Por radio extenso....................................................... $ 49.28
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 53.41

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