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Sindicato Médico del Uruguay

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Compensación por gastos de locomoción

Montevideo, enero de 2010

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de enero de 2010, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un -0,18 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.12.09 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 175.34
  • Por radio extenso....................................................... $ 190.01

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 41.02
  • Por radio extenso...................................................... $ 50.48
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 54.70

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