Compensación por gastos de locomoción

Montevideo, noviembre de 2011

De nuestra mayor consideración: 

Conforme al Convenio suscrito el 10.12.91 entre el Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Plenario de Instituciones de Asistencia Médica Colectiva, corresponde ajustar la compensación por gastos de locomoción del personal técnico. 

El ajuste se produce a partir del 1º de noviembre de 2011, según la variación experimentada por el rubro “mantenimiento y utilización de equipo de transporte”, del Instituto Nacional de Estadística, en los dos últimos meses. 

Dicha variación es de un 0,83 % y aplicándola a los valores vigentes al 31.10.11 resulta:

MÉDICOS

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 186.31
  • Por radio extenso....................................................... $ 201.90

PRACTICANTES DE MEDICINA

  • Dentro o fuera de radio.............................................. $ 43.59
  • Por radio extenso....................................................... $ 53.64
  • Urgencia, domingos y feriados.................................... $ 58.12

Ver valores anteriores >>

 

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