Fallo del Consejo Arbitral 

Respecto del Dr. Miguel Machín, por la Encargatura de la Jefatura de la Emergencia del Hospital Maciel.

Montevideo, 14 de mayo de 2008

VISTO: Que el Comité Ejecutivo del S.M.U. trasladó a este Consejo “la situación del Dr. Miguel Machín por haber asumido la Encargatura de la Jefatura de la Emergencia del Hospital Maciel,” luego de que la misma hubiera sido declarada en conflicto por el S.M.U. desde el 19.10.2006.

RESULTANDO: I) Que el Comité Ejecutivo del S.M.U. con fecha 19.10.2006 resolvió “declarar en conflicto la encargatura de la Jefatura del Servicio de Emergencia del Hospital Maciel”.

II) Que asimismo con fecha 14.11.2006 resolvió pasar al Dr. Miguel Machín al Consejo Arbitral, y reclamar la restitución del Dr. Gustavo Bogliaccini en la Encargatura de la Jefatura del Servicio de Emergencia hasta tanto se realice la provisión definitiva a través de un llamado a concurso.

III) Que con fecha 24.04.2007 el Comité Ejecutivo dispuso dejar sin efecto la declaración en conflicto del cargo referido.

IV) Que el Consejo ha analizado el siguiente material probatorio:

  1. Actas del Comité Ejecutivo de 19 de octubre y 14 de noviembre de 2006, y de 24 de abril de 2007;
  2. Testimonio del Dr. Miguel Machín de fecha 30.04.2008;
  3. Copia de la resolución del Director General de A.S.S.E. del 11.04.2005;
  4. Nota del Director del Hospital Maciel Dr. Daniel Parada, adjuntando organigrama.

CONSIDERANDO: I) Que por resolución de 11 de abril de 2005 el Director General de A.S.S.E. designó al Dr. Miguel Machín como Adjunto a la Dirección del Hospital Maciel.

II) Que por nota de fecha 8 de mayo de 2008 dirigida al Consejo Arbitral, el Dr. Daniel Parada, Director del Hospital Maciel, afirma:
“... primero, la Dirección del Hospital Maciel funciona como un colectivo que define en forma grupal y asigna responsabilidades individuales. Segundo, salvo Dirección y Subdirección que maneja el conjunto institucional, los Adjuntos son responsables de áreas y dependen de Dirección y Subdirección en forma subordinada. Tercero, en el caso del Dr. Miguel Machín, el mismo es Adjunto desde que se designó esta dirección por el nuevo gobierno y su responsabilidad ha sido siempre entre otras la del área de emergencia como inmediato jefe del encargado de emergencia el Dr. G. Bogliaccini. Cuarto, establecida esta cadena de mando administrativo, cualquier ausencia es sustituida por el encargado inmediato superior previa comunicación de la Dirección, independientemente al motivo de la ausencia.”
El organigrama que acompañó a esta nota explicita en forma gráfica lo afirmado en la misma.

III) Que en su comparecencia ante el Consejo Arbitral el Dr. Machín manifestó:
“Yo nunca asumí ningún cargo de Encargado del Departamento de Emergencia del Hospital Maciel... la Dirección del Hospital que asumió en abril del 2005 y que continúa actualmente creó una forma de trabajo donde los Adjuntos funcionamos con contratos de gestión con responsabilidad sobre determinadas áreas. Dentro de las áreas que me competen en mi función como Adjunto de Dirección está el Departamento Anestésico – quirúrgico, el Laboratorio de Microbiología, el Departamento de Emergencia, los Comités de Infecciones, de Tumores y de Trasplantes.”
“Por lo tanto, desde que comencé mis actividades como Adjunto de Dirección siempre tuve entre mis responsabilidades el área del Depto. de Emergencia en lo que tiene que ver con su gestión. En el período hasta el cese del anterior Encargado del Depto. de Emergencia siempre fui su superior inmediato, y la vinculación con la Dirección del Hospital era a través mío. Una vez que cesó el Jefe de Emergencia, yo seguí como Adjunto de Dirección encargado del Área, responsable por tanto de que el Servicio funcionara como lo hacía antes. Hasta el día de hoy sigo siendo el Encargado de esa área de gestión.”
“Se llamó a Concurso pero como el cargo estaba declarado en conflicto no se presentó nadie, hasta que en abril del 2007 tanto el S.M.U. como FEMI levantaron la declaración de cargo en conflicto, y allí se presentaron dos colegas, y finalmente se designó a uno de ellos. Por eso ahora sí hay un Jefe de Emergencia.”

IV) Que en consecuencia ha quedado acreditado en estas actuaciones que el Dr. Miguel Machín no asumió el cargo declarado en conflicto, sino que su actuación estuvo referida a su condición de superior jerárquico del funcionario cesado y a los efectos de asegurar el funcionamiento del Servicio.

ATENTO: A todo lo expuesto y a lo dispuesto en los Arts. 42 y 55 de los Estatutos del S.M.U.

EL CONSEJO ARBITRAL DEL SINDICATO MÉDICO DEL URUGUAY

RESUELVE:

Que el Dr. Miguel Machín no vulneró principios éticos o gremiales en su actuación en cargos jerárquicos en el Hospital Maciel.

 

 

Dr. Leonel Briozzo
Presidente
Dr. Francisco Cóppola Dr. Miguel Dicancro
Dr. Manuel Laguarda Dra. María del Carmen González