Sitio web del SMU

Sindicato Médico del Uruguay

Saltar menú de navegación

Servicio de Asesoramiento Tributario

Presentación Declaración Jurada y pago de saldo IRPF/IASS 2008

Se prorroga hasta el 10 de julio de 2009 los plazos para la presentación de la Declaración Jurada de IRPF/IASS del ejercicio 2008.

Los contribuyentes del IRPF y del IASS, podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre del 2008 en seis cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos.

1 cuota 13 de julio de 2009
2 cuota 13 de agosto de 2009
3 cuota 14 de setiembre de 2009
4 cuota 13 de octubre de 2009
5 cuota 13 de noviembre de 2009
6 cuota 11 de diciembre de 2009

Lugares de pago: Redes de cobranza habilitadas (Red Pagos, Abitab, Correo Banc y Nuevo Banco Comercial) o a través de Internet, excepto en caso de pagos con certificados de crédito.

 

Documentación Requerida:

Detallamos la documentación que los socios deberán reunir y presentar en las oficinas del SMU:

Declaración Jurada

Para efectuar la declaración jurada anual, deberán presentar la siguiente documentación:

Ingresos generados por actividad independiente:
Documentación (facturas) de todos los ingresos de fuente uruguaya, regulares o extraordinarios, en dinero o especie percibidos desde enero 2008 a diciembre 2008 por concepto de actividad profesional o laboral independiente. Traer las libretas y detallar la facturación de enero 2008 a diciembre de 2008 en la siguiente tabla.

Ingresos generados por sólo una actividad dependiente (sin otros ingresos):
No deben realizar declaración jurada.

Ingresos generados por más de una actividad dependiente:
Los medicos que trabajan de forma dependiente, ( ya sea quienes tienen mas de un trabajo dependiente o que tienen un solo trabajo dependiente o más , pero además facturan ) deben pedir en sus trabajos dependientes a los efectos de realizar la declaración jurada anual del año 2008, una HOJA RESUMEN donde constan los ingresos gravados por Irpf, las deducciones y las retenciones del año 2008 de acuerdo a lo establecido por la DGI (no será necesario utilizar los recibos de sueldos).

Los medicos jubilados que perciban más de una jubilación o pensión, o que tengan algún otro ingreso además de jubilaciones o pensiones también deberán pedir a los efectos de realizar la declaración jurada Anual, una HOJA RESUMEN por los ingresos gravados por IRPF (con las deducciones y retenciones correspondientes) y Una HOJA RESUMEN por los ingresos gravados por IASS

Declaración Jurada anual correspondiente a las rentas de categoría II

Deducciones: También deberán proporcionar documentación o información sobre las deducciones admitidas que son: aportes jubilatorios ( BPS, caja de jubilaciones profesionales, caja bancaria, etc), los aportes a ex Disse, al fondo de reconversión laboral, a cajas de auxilio o seguros convencionales, fondo de retiro médico, fondo de solidaridad y su adicional. Deberán informar también número de hijos menores o mayores declarados incapaces que el profesional tenga a su cargo, solo o en forma compartida con el otro progenitor. También quienes estén afiliados a una AFAP y tengan excedentes deberán proporcionar el estado de cuenta del año 2008 de dicha AFAP.

También, los médicos que emiten facturas deben traer la información de los gastos que deducidos de IVA ( facturas descontadas).

Si el socio ha completado el Formulario 3100 en sus trabajos dependientes, debe adjuntarlo a la documentación anterior. Asimismo, deberán adjuntar los resguardos o documentos de retenciones si los hubiese (retención del IRPF efectuada por empresas contratantes), y los pagos efectuados a la DGI por IVA e IRPF.

 

Costo para el socio

Médicos que trabajaron en el año 2008 exclusivamente en en forma dependiente y jubilados un único pago de $610 ( $ 500 + iva)

Médicos ( no afiliados al Servicio de Asesoramiento Tributario) que trabajaron en el año 2008, en forma dependiente e independiente o de forma exclusivamente independiente un único pago de $ 1.037 ( $ 850 + iva )

Médicos que están afiliados al Servicio de Asesoramiento Tributario deben consultar en el Departamento Contable ya que en función de los meses de afiliación tendrán la Declaración Jurada sin costo o abonaran la mitad del precio ( $ 425 + Iva) .

 

Afiliación al servicio

Para hacer uso de estos servicios es necesario pedir dia y hora llamando al 402-32-34 (donde hay un contestador las 24 horas) o al 401 47 01 interno 105 en el horario de 12.30 a 18 horas , o a través de la página WEB

 

Novedades

 

Sindicato Médico del Uruguay - 2009-2010
Br. Artigas 1515 - CP 11.200 - Montevideo, Uruguay. Contacténos

¡CSS Válido!