Fallo del Consejo Arbitral
Respecto de la Dra. Alicia Dalgalarrondo.
Montevideo, 29 de abril de 2004
VISTO: Que el Comité Ejecutivo trasladó a este Consejo el planteo efectuado por la Dra. Alicia Dalgalarrondo a efectos de que se analizara su conducta ético-gremial durante el período en que se desempeñó como médico pediatra suplente en OCA LARGHERO.
RESULTANDO: I) Que la Dra. Alicia Dalgalarrondo plantea que en una asamblea del Núcleo de Base de 1727 fue acusada por la Dra. Marianela Arévalo de haber tenido conductas antigremiales y haber ocupado cargos en conflicto en la época en que trabajó en OCA LARGHERO, desde el año 2000 hasta el cierre de esta Institución.
II) Que el Consejo ha analizado el siguiente
material probatorio:
a) Testimonio de la Dra. Alicia Dalgalarrondo de fecha 18 de marzo de
2004;
b) Testimonio del Dr. Mario Zelarrayán de fecha 25 de marzo de 2004;
c) Testimonio de los Dres. Raquel Pagés y Carlos Astengo de fecha 25 de
marzo de 2004;
d) Testimonio de la Dra. Marianela Arévalo de fecha 22 de abril de 2004.
CONSIDERANDO: I) Que de los testimonios recabados surge que en el período señalado por la Dra. Dalgalarrondo existía un solo cargo en conflicto en OCA LARGHERO, el cual no fue ocupado por la referida colega.
II) Que la propia Dra. Marianela Arévalo declaró ante el Consejo que nunca efectuó afirmaciones como las que se le atribuyen, más allá de tener discrepancias en el plano gremial con la Dra. Dalgalarrondo
ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por los Arts. 42 y 55 de los Estatutos del S.M.U.
EL CONSEJO ARBITRAL DEL SINDICATO MÉDICO DEL URUGUAY
RESUELVE:
Declarar que la Dra. Alicia Dalgalarrondo, durante su actuación en OCA
LARGHERO, no vulneró los principios y normas éticas que rigen la
profesión médica.
Dr. Ariel Montalban
Presidente
Dr. Alberto Chiarino Dra. Felipe Schelotto Dr. Victoriano Rodriguez de Vecchi Dr. Eugenio Bayardo