miércoles 9 de septiembre de 2015
La denuncia del SMU ya fue presentada ante el Consejo de Salarios del Grupo 15, al Consejo Superior Tripartito, pero también será elevada al Poder Ejecutivo, que es quien designa a los delegados de los trabajadores y empleadores en consulta con las organizaciones más representativas de los respectivos grupos de actividad.
GREMIAL Y EMPRESRIAL. En el mismo escrito se hace mención a la definición que la propia Federación Médica del Interior (FEMI) hace de sí misma, en su página web, donde no desconoce su asociación mixta (de sindicato y patronal al mismo tiempo), sino que más bien la reconoce y reivindica como una parte importante de su propia esencia y tradición.
En su sitio web la FEMI se presenta como «(…) una organización gremial médica de segundo grado, integrada por instituciones gremiales médicas del interior del país».
A su vez, afirma que «la separación jurídica y comercial de las actividades gremiales y asistenciales no ha impedido que ambas entidades conserven bajo la sigla FEMI una identidad fundacional que recuerda el origen gremial de FEMI y de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva (IAMC) del interior del país y de la alianza estratégica existente entre ambas (…)».
PRINCIPIO DE PUREZA SINDICAL. En base a dicha definición y sumado al doble rol que en los hechos practica la FEMI, el Sindicato Médico del Uruguay presentó en su denuncia el «principio de pureza sindical», un concepto fundamental en el marco de la libertad sindical, que hace a la esencia del correcto funcionamiento de los sindicatos y, en términos más generales, representa un ingrediente indispensable en cualquier sistema de relaciones colectivas de trabajo que pretenda ser calificado como «sano».
Según dicho principio (según señala Óscar Ermida Uriarte) «cada asociación profesional debe aglutinar exclusivamente a trabajadores o empleadores en su caso, lo que viene a excluir los denominados «sindicatos mixtos» que nuclean a trabajadores y empleadores en una misma asociación».
Por otra parte, señala que el Convenio Internacional de Trabajo Número 98, sobre derecho de sindicación y negociación colectiva (ratificado por Uruguay por ley N° 12.030, del 27 de noviembre de 1953) dispone que «las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de una respecto de las otras (…)».
A todo esto, el escrito establece que estos principios se encuentran recogidos y proyectados en «nuestro Derecho positivo», por lo que es necesario que el «sistema de negociación colectiva traduzca en la práctica las medidas que eviten la transgresión del consabido principio de pureza y la distorsión de todo el funcionamiento del sistema de negociación colectiva (…)».
OTRA PRUEBA, EL LAUDO DIFERENCIAL. Mientras desde el Sindicato Médico del Uruguay una de las principales reivindicaciones es lograr el laudo médico único, que implique que todos los médicos tengan la misma remuneración, independientemente de si trabajan en el interior o en la capital del país, la FEMI se jacta, en su propio sitio web, de que «el esfuerzo conjunto de gremios e instituciones asistenciales logró que en el año 1992 el Poder Ejecutivo les autorizara un laudo propio, reconociendo las distintas realidades de Montevideo con el interior del país».
Es decir que tampoco oculta la FEMI esa calidad de asociación mixta que le ha permitido obtener resultados concretos y específicos en materia laboral y de negociación colectiva, como lo fue el laudo diferencial, representando esto otra prueba de que el caso de la FEMI «es un ejemplo de libro de asociación mixta que, aprovechándose de dicha condición distorsiva del sistema de relaciones colectivas de trabajo, ha obtenido resultados históricos en materia laboral y de negociación colectiva».
El laudo diferencial, que según la FEMI fue obtenido gracias a la capacidad de la federación de actuar simultáneamente a dos frentes (como patronal y como sindicato) representa un hecho muy singular, que es la grave consecuencia de que las condiciones de remuneración y de trabajo de los médicos uruguayos sean diferentes, según cual sea el lugar geográfico donde se encuentre radicada la institución médica para la que se desempeñan.