jueves 9 de julio de 2026
Ya están disponibles los laudos actualizados. Podés consultar los valores vigentes AQUÍ.
Cada vez que un médico o una médica cobra por una guardia, una policlínica o cualquier otra tarea asistencial, detrás de ese pago hay un valor que fue negociado colectivamente: el laudo. El SMU participa directamente en esa negociación.
Qué es un laudo
Un laudo es el salario mínimo por actividad que un empleador debe pagar a un trabajador médico en relación de dependencia. No es el techo de lo que se puede cobrar: es el piso por debajo del cual ningún empleador puede contratar. No alcanza, en cambio, a quienes prestan servicios de forma independiente, por ejemplo mediante facturación. Abarca desde la hora de policlínica hasta los actos por estudios y los cargos de alta dedicación.
Cómo se fija en el sector privado
Los laudos se acuerdan en el Consejo de Salarios (en este caso, corresponde al Grupo 15, Servicios de salud y anexos) un ámbito tripartito creado por ley en el que negocian los representantes de los trabajadores y las trabajadoras, de los empleadores y del Estado. El SMU participa como representante del colectivo médico.
Los acuerdos alcanzados en ese ámbito son de cumplimiento obligatorio para todos los empleadores del sector y alcanzan a todos los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia, estén o no afiliados al sindicato.
En el sector privado el acuerdo vigente rige desde el 1° de julio de 2025 hasta el 30 de junio de 2027, con ajustes salariales semestrales.
Valores vigentes
Los laudos ya fueron actualizados conforme al último ajuste. Consultá la tabla completa de valores vigentes AQUÍ.


