El S.M.U. otorgará becas para concurrir a congresos que se realicen en el territorio nacional, ajustándose al siguiente Reglamento.
Artículo 1o.- Se otorgarán becas para los Congresos Nacionales de las cuatro disciplinas básicas (Medicina Interna, Cirugía, Pediatría, y Ginecotocología) o de las especialidades reconocidas por la Escuela de Graduados de la Facultad de Medicina, cuando estos Congresos sean auspiciados por el S.M.U.
Artículo 2o.- El S.M.U. abonará la cuota de inscripción de los candidatos seleccionados, cuando así lo decida el Comité Ejecutivo, o adjudicará las becas que otorgue al S.M.U. el Comité Organizador .
Artículo 3o.- Podrán acceder a estas becas:
Artículo 4o.- Las inscripciones para aspirar a las becas se recibirán en la sede del S.M.U., en los plazos que se publiciten.
Artículo 5o.- Para adjudicar las becas se valorará
en primer término la situación económica del aspirante, el cual
deberá hacer una declaración jurada de los cargos que ejerce, ya sea
titular, interino o suplente.
En segundo lugar, se valorarán todos los méritos que el aspirante
adjunte, en particular la presentación de trabajos en el evento.
Artículo 6o.- El Comité Ejecutivo nombrará un tribunal para cada congreso, el cual adjudicará las becas. El fallo de este tribunal será inapelable.
Artículo 7º.- Los becarios deberán presentar constancia de participación La no concurrencia al evento científico será considerado un demérito para una futura solicitud de beca.
El Comité Ejecutivo
Aprobado: Acta Nº 13, A/13-7
Fecha: 9.9.99
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