Salud privada: Licencia especial para trabajadores por tener familiares con discapacidad a cargo

La ley fue promulgada a finales de diciembre y se incorpora a la número 18.345, a través de los artículos 10 y 11.

miércoles 30 de enero de 2019

Desde el 28 de diciembre, todos los trabajadores médicos de la salud privada pueden solicitar licencias especiales por tener familiares con alguna discapacidad o enfermedad terminal a cargo. Así quedó estipulado en la ley N° 19.729, promulgada el pasado 28 de diciembre, y que fue incorporada a la N° 18.345 denominada “Licencias Especiales, a través de los artículos 10 y 11.

El primero establece que, todo trabajador que tuviere un hijo con discapacidad tendrá derecho a solicitar hasta un total de 10 días anuales para realizar sus controles médicos. Esta licencia será con goce de sueldo, debiendo acreditar el motivo de la misma. En ese sentido, el profesional médico deberá comunicar al empleador 48 horas antes y dispondrá del mismo plazo para presentar el certificado médico correspondiente.

En cuanto al segundo artículo, la norma estipula que aquellos trabajadores que tengan familiares con discapacidad o enfermedad terminal, podrán solicitar una licencia especial anual de 96 horas, que podrán usar en forma continua o discontinua. Aquí, el empleador deberá abonar solo lo correspondiente a 64 horas.

La nueva ley rige para todos los trabajadores del sector privado. Dadas las particularidades del trabajo médico, donde las jornadas laborales pueden exceder las ocho horas, quienes tengan dudas o dificultades para acceder al beneficio, pueden escribir a la Unidad de Negociación Colectiva del SMU: unc@smu.org.uy