CASMU: propuesta del acuerdo con notas al pie

A continuación se publica la propuesta acordada el pasado lunes entre los delegados del SMU y SAQ y la Dirección Nacional de Trabajo. Al pie de la misma se incluyen puntos acordados posteriormente.

ACTA - En la ciudad de Montevideo a los veintinueve días del mes de diciembre de 2008 comparecen ante la Dirección Nacional de Trabajo: el Centro Asistencial del Sindicato Médico del Uruguay (CASMU) representado por ........................................

el Sindicato Médico del Uruguay representado por su presidente y secretario Dr. Alfredo Toledo y Dr. Eduardo Ferreira y por las Sociedades Anestésico Quirúrgicas ........................................................................................

compareciendo por la Dirección Nacional de Trabajo su titular Julio Baráibar y acuerdan los siguiente: ----------------------------------------------------------------------

PRIMERO: A partir del primero de noviembre de 2008 y hasta el 31 de octubre de 2010 los trabajadores médicos realizan una adecuación salarial de sus ingresos estimado en $ 8.597.000 (ocho millones quinientos noventa y siete mil pesos), que se suma al aporte de reducción de la masa salarial por diversos rubros presentada por CASMU que la empresa estima en $ 2.800.000 (dos millones ochocientos mil pesos) por mes.---------------------------------------------------Para alcanzar ese objetivo, los gremios médicos adecuarán sus ingresos a la baja en hasta un 11% (once por ciento), porcentaje que no podrá ser superado durante la vigencia del presente convenio, salvo acuerdo colectivo entre las partes que suscriben el presente.---------------------------------------------

Para el pago del mes de noviembre se hará una liquidación provisoria del 89% del salario (esto significa una adecuación a la baja del 11% del total de la masa salarial del sector médico) del mes de octubre con el objetivo de llegar a la cifra antes mencionada.--------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO: Se pagará el medio aguinaldo correspondiente a la segunda fracción del ejercicio 2008 (junio noviembre 2008) en el día de la fecha.- El día 30 de diciembre del corriente se abonará los salarios correspondientes a los meses de julio 2008 para la franja 3 y noviembre 2008 (VER AL FINAL)  para la totalidad de los trabajadores.----------------------------------------------------------------

TERCERO: Con fecha 31 de marzo de 2009 se abonará para todos los médicos de la franja 3 los salarios correspondientes al mes de agosto de 2008 (VER AL FINAL).-

CUARTO: El CASMU, una vez creado el fideicomiso se hará cargo del resto de las obligaciones salariales.----------------------------------------------------------------------

QUINTO: Una vez realizada la liquidación definitiva del mes de noviembre 2008 se evaluará el impacto de ésta y se tomarán las medidas necesarias en la liquidación del mes de diciembre 2008 para alcanzar la adecuación salarial planteado del 11% (once por ciento) antedicho de la masa salarial de médicos.

SEXTO: A partir de los salarios de diciembre 2008 se pagarán los salarios no más allá del día 10 del mes siguiente en el que se haya generado el salario.-

SEPTIMO: A partir del vencimiento del presente convenio colectivo (veinticuatro meses) se establece el pago de una prima de Responsabilidad Empresarial consistente en la totalidad de la readecuación salarial a la baja establecida en la cláusula primera, verificada en el período del Convenio.------

OCTAVO: Se mantendrá el funcionamiento de la Comisión de Seguimiento y Contralor acordada con CASMU y los gremios y con la presencia del Veedor nombrado por el Poder Ejecutivo de acuerdo a la reglamentación de la ley del Fondo de Garantía. Esta evaluara cada seis meses a efectos de analizar si por la vía de mejoras de ingresos o reducciones de costos es posible comenzar a revertir la reestructura.--------------------------------------------------------------------------

NOVENO.- Los pagos referidos en la cláusula segunda y tercera, comprenderán en cuanto corresponda, a los médicos de 1727 Emergencias.--

Previa lectura y firma se expiden cuatro ejemplares de idéntico tenor.-----------------

De acuerdo a lo conversado con el Director Nacional de Trabajo, Sr. Julio Baráibar, se incorporará:

  1. SI LOS GREMIO MÉDICOS PREFIEREN, EL PAGO DE LOS MESES MÁS ATRASADOS EN FORMA SUCESIVA MES A MES, EN LUGAR DE DEJAR MESES PARA ATRÁS SIN PAGO.
  2. EL PAGO DE LOS SALARIOS VACACIONALES A PARTIR DE QUIENES SALGAN DE LICENCIA EN 2009.
  3. CUALQUIER MEJORA QUE SURJA EN OTRO CONVENIO PARA OTRO GREMIO SE TRASLADA AL PRESENTE