Fallo del Consejo Arbitral

Fallo Definitivo ante el planteo efectuado por el Dr. Juan José Rossi Spera, por denuncias del Dr. Carlos Santana ante la Dirección Técnica de Casa de Galicia, con relación a su conducta profesional.

Montevideo, 03 de setiembre de 2001 

VISTO: El planteo formulado por el Dr. Juan José Rossi Spera para que se analizara su conducta profesional como Cirujano Residente Grado II Titular en Casa de Galicia, debido a denuncias formuladas ante la Dirección Técnica de dicha Institución por el Dr. Carlos Santana, Cirujano de Retén Grado III Titular, y que fuera remitido por el Comité Ejecutivo del S.M.U. a este Consejo Arbitral.

RESULTANDO: I) Que el Consejo recabó los testimonios de los Dres. Rossi y Santana, así como del Dr. Humberto May, Director Técnico de la Institución en el período en que sucedieron los hechos cuestionados.

II) Que asimismo se analizaron las actuaciones administrativas efectuadas por Casa de Galicia, incluyendo el dictamen del Tribunal Médico de la Institución que consideró las denuncias referidas.

III) Que el Dr. Santana imputa al Dr. Rossi la comisión de hechos que implican errores de carácter técnico, así como inconductas administrativas que suponen desconocer las competencias respectivas de los cirujanos de retén y residentes.

IV) Que de las actuaciones efectuadas por Casa de Galicia surge que dicha Institución entiende que el diferendo suscitado entre los colegas es una consecuencia del mal relacionamiento existente entre ambos, resolviendo que efectúen sus guardias en días diferentes.

CONSIDERANDO: I) Que este Consejo puede abordar aspectos técnicos o administrativos en la medida que los mismos tengan consecuencias en el plano ético.

II) Que en el presente asunto, el aspecto técnico de las denuncias formuladas fue considerado por el Tribunal Médico designado por Casa de Galicia e integrado por el Prof. Dr. Francisco Crestanello, Prof. Dr. Carlos Gómez Fossatti y Prof. Dr. Gonzalo Maquieira.

III) Que la conducta profesional del Dr. Juan José Rossi Spera no se ajustó a los reglamentos establecidos por la institución para la interrelación jerárquica entre los Grados II y III, infrigiendo los Arts. 66, 67, 69 y 70 del Código de Etica Médica del Sindicato Médico del Uruguay.

IV) Que se le confirió vista al Dr. Rossi del proyecto de fallo y de las actuaciones realizadas, quien articuló sus descargos, los cuales no fueron de recibo.

ATENTO: A todo lo expuesto, y a lo dispuesto por los Arts. 42, 55 y 57 lit. b) de los Estatutos del S.M.U.

EL CONSEJO ARBITRAL DEL SINDICATO MEDICO DEL URUGUAY

RESUELVE:

Censurar al Dr. Juan José Rossi Spera.

                              Dr. Eduardo Navarrete
                                      Presidente

Dr. José Saralegui                      Dr. Edmundo Batthyany
Dr. Arturo Gómez Torelly          Dra. María Rosa Remedio