Fallo del Consejo Arbitral

Respecto de la situación de C.I.M.A. al momento de su cierre.

Montevideo, 22 de diciembre de 2005

VISTO: Que el Comité Ejecutivo del S.M.U. resolvió pasar a este Consejo la situación dada en C.I.M.A. al momento de su cierre en abril de 2004.

RESULTANDO:
I)
Que por nota de fecha 13.04.04 un grupo de médicos que trabajaron en C.I.M.A. hasta su cierre, denuncian que "... han ocurrido hechos poco claros que determinan un deterioro en el relacionamiento entre pares, la mayoría socios de este sindicato. Entre ellos la aparición de una lista de once colegas médicos (en las que hay nombres de directivos, ex directivos, directores y otros médicos de CIMA) dada a conocer por una institución asistencial con el fin de captar socios, cuyo ingreso podría haber sido negociado con el uso de información privilegiada aún antes del cierre de la mutualista; otro de los hechos ha sido la reiteración de acusaciones y distintas versiones del mal uso que se le pudo haber dado al padrón de socios por parte de directivos de la Institución cerrada."
Finalizan dicha nota solicitando "el pasaje al tribunal arbitral de nuestro gremio de cada uno de los integrantes del Consejo Directivo y de la Comisión Fiscal de CIMA. Así como reiteramos la solicitud realizada verbalmente de pasaje al mismo tribunal de los once colegas que aparecen en la lista que les fue oportunamente entregada el martes 06/04. Demás está decir que también estamos dispuestos, si se considera necesario, a ser investigados por dicho tribunal."
II) Que el Consejo ha analizado el siguiente material probatorio:

  1. Nota de los denunciantes de fecha 13.04.04;
  2. Testimonio del Dr. Marcelo Berta de fecha 13.10.2005;
  3. Testimonio del Dr. Carlos Montejo de fecha 13.10.2005;
  4. Testimonio del Dr. Ignacio Mirazo de fecha 13.10.2005;
  5. Testimonio del Dr. Ignacio Zanetti de fecha 13.10.2005;
  6. Testimonio del Dr. Manuel Santiviago de fecha 20.10.2005;
  7. Testimonio del Dr. Pedro Cladera de fecha 20.10.2005;
  8. Testimonio del Dr. Francisco Amor de fecha 03.11.2005;
  9. Testimonio del Dr. Washington Álvarez de fecha 03.11.2005;
  10. Testimonio del Dr. Sergio Aguiar de fecha 17.11.2005.

CONSIDERANDO: 
I) Que no han sido probados los hechos denunciados, ya que los mismos estuvieron referidos a versiones que en ningún momento fueron confirmadas por fuentes directas.
II) Que se pudo constatar un muy serio problema de relacionamiento entre colegas, en el marco de las dificultades económicas y financieras que afectaron la gestión de la Institución. 

ATENTO: A todo lo expuesto y a lo dispuesto en los Arts. 42 y 55 de los Estatutos del S.M.U.

EL CONSEJO ARBITRAL DEL SINDICATO MÉDICO DEL URUGUAY
RESUELVE:


Declarar que no fueron acreditados los hechos denunciados, referidos en el Resultando I de este fallo.

Dr. Leonel Briozzo
Presidente

  Dr. Héctor Puppo Touriz Dr. Gonzalo Estapé Dra. Carolina Seade Dr. Ariel Montalbán