Fallo del Consejo Arbitral

Respecto de los Dres. Edgardi  Spagnuolo y Antonio Calvo.

Montevideo, 5 de abril de 2006

VISTO: Que el Comité Ejecutivo del S.M.U. trasladó a este Consejo la denuncia formulada por el Dr. Edgardo Spagnuolo contra el Dr. Antonio Calvo.

RESULTANDO: I) Que por nota de fecha 24.08.05 el Dr. Spagnuolo denuncia que el Dr. Antonio Calvo el día anterior lo agredió verbalmente y lo amenazó de muerte, extendiendo esa amenaza a su esposa e hijas. Que dichas amenazas se efectuaron estando en el Hospital Maciel, y sin que hubiera testigos presentes.

II) Que el Consejo ha analizado el siguiente material probatorio:

  1. Nota del Dr. Spagnuolo dirigida al Comité Ejecutivo de fecha 24.08.05;
  2. Nota el Dr. Spagnuolo dirigida al Consejo Arbitral de fecha 06.12.05;
  3. Testimonio del Dr. Edgardo Spagnuolo de fecha 06.12.05;
  4. Testimonio del Dr. Antonio Calvo de fecha 15.03.06.

CONSIDERANDO: I) Que los hechos denunciados por el Dr. Spagnuolo fueron negados por el Dr. Calvo, no existiendo testigos presenciales de los mismos.

II) Que tanto el Dr. Spagnuolo como el Dr. Calvo ofrecen testigos y este último también agrega documentación, que refieren a hechos que este Consejo entiende que exceden lo remitido por el Comité Ejecutivo.

ATENTO: A todo lo expuesto y a lo dispuesto en los Arts. 42 y 55 de los Estatutos del S.M.U.

EL CONSEJO ARBITRAL DEL SINDICATO MÉDICO DEL URUGUAY

RESUELVE:

Declarar que no fueron acreditados los hechos denunciados por el Dr. Edgardo Spagnuolo respecto del Dr. Antonio Calvo.

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Dr. Leonel Briozzo
Presidente

Dr. Francisco Cóppla                            Dr. Felipe Schelotto

Dr. Miguel Dicancro                                      Dr. Manuel Laguarda