Fallo del Consejo Arbitral
Respecto de la denuncia del Dr. Ricardo Alberti
Montevideo, 15 de diciembre de 2009
VISTO:
Que el Comité Ejecutivo remitió a este Consejo el planteo efectuado por el Dr. Ricardo Alberti contra los Dres. Saúl Wasjkopf y Roberto Picovsky.RESULTANDO: I) Que en su nota dirigida al Comité
Ejecutivo el Dr. Ricardo Alberti "presenta formal denuncia sobre los
Dres. Saúl Wasjkopf, neurocirujano y Roberto Picovsky, ginecólogo, por
presentar trabajos científicos cuyas cifras y conclusiones no son las que
sostienen los autores de los trabajos científicos originarios. Ello aconteció
en ateneo médico, el día 10 de julio de 2008, en dependencias del Sanatorio
Pacheco, Demequi, BPS."
El Dr. Alberti finaliza su escrito de denuncia afirmando: "Como
considero una conducta inadmisible, la tergiversación de trabajos científicos
y como además, fui directamente involucrado, ya que soy el cirujano actuante de
esta patología en cuestión, es que solicito, sea analizada la conducta de los
mencionados colegas."
II) Que acompañando la denuncia, el Dr. Alberti aportó diversos documentos que entendió probatorios de sus dichos, a los que incorporó comentarios propios, referidos a:
- informe del Dr. Picovsky respecto del ateneo del 10 de julio de 2008;
- informe del Dr. Picovsky respecto de su trabajo y de las conclusiones del trabajo presentado por el Dr. Wasjkopf;
- trabajo presentado por el Dr. Picovsky de la Consultora argentina: Instituto de Efectividad Clínica y Sanitaria;
- trabajo científico de la Clínica Mayo del Dr. Phoung, presentado por el Dr. Wasjkopf;
- resumen de un trabajo científico presentado en congresos sobre Médula Amarrada;
- escrito donde cita a 11 profesores de Universidades de los EE.UU., y hace referencia a 37 trabajos científicos de revistas arbitradas.
- Asimismo el Dr. Alberti en su escrito de denuncia ofrece el testimonio de familiares de pacientes a los cuales operó.
- copia del informe completo de 22 de agosto de 2008 que el Dr. Roberto Picovsky (Gerencia DEMEQUI) elevara a la Gerencia de Salud del B.P.S.
- nota del Ing. Hugo Odizzio, Gerente de Salud, dirigido a la Gerencia de DEMEQUI, de fecha 10 de setiembre de 2008;
- resolución de fecha 29 de julio de 2008 del Dr. Roberto Picovsky respecto de la conducta quirúrgica en pacientes portadores de mielomelingocele con médula amarrada.
CONSIDERANDO: I) Que del análisis de la documentación presentada no surgen elementos que permitan inferir que los Dres. Saúl Wasjkopf y Roberto Picovsky hayan tergiversado trabajos científicos.
II) Que por ello este Consejo entendió que no correspondía citar a declarar a los denunciados por no existir una mínima base probatoria que habilitara la sustanciación de la denuncia.
III) Que no es de competencia del Consejo Arbitral pronunciarse sobre temas científicos o cuestiones administrativas que no tengan aspectos éticos en juego, los cuales tampoco fueron objeto de denuncia por parte del Dr. Alberti sino tan solo referidos indirectamente.
ATENTO: A todo lo expuesto y a lo dispuesto en los Arts. 42 y 55 de los Estatutos del S.M.U.
EL CONSEJO ARBITRAL DEL SINDICATO MÉDICO DEL URUGUAY
RESUELVE:
Declarar que de las actuaciones realizadas no surge la comisión de falta ética por parte de los Dres. Saúl Wasjkopf y Roberto Picovsky.
Dr. Jorge Pomi | Dr. Ariel Rodríguez |
Presidente | |
Dr. Miguel Dicancro |