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Entre el decreto y la realidad

Residuos hospitalarios

El decreto 135/99 del 18 de mayo de 1999, marca la responsabilidad de la recolección, traslado y tratamiento final de los residuos hospitalarios a los ministerios de Salud Pública (MSP) y Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA). A un año de su aprobación, la Intendencia Municipal de Montevideo (IMM) continúa haciéndose cargo de dichos desechos.

por Isabel Fernández


Escultura: Premio SMU 1999. Obra: "Un posible futuro" Autor: Dr. Freddy Viera

El decreto 135/99 en su artículo 12 dice que la autorización o la habilitación de los centros de atención de salud por parte del MSP, "quedará supeditada a la certificación del adecuado manejo intrainstitucional de los residuos sólidos hospitalarios", mientras que el artículo 29 responsabiliza al MVOTMA a "llevar un registro de transportistas e instalaciones de tratamiento autorizadas, sus características y antecedentes; el que podrá ser consultado por cualquier interesado. Dicha Secretaría de Estado establecerá las características operativas de ese registro y la fecha precisa de su puesta en funcionamiento. El MSP y el MVOTMA comunicarán a las Intendencias Municipales que corresponda, las autorizaciones expedidas, sus características y antecedentes".

El tema de los residuos hospitalarios siempre fue responsabilidad del generador. Hasta la década del '70 cada establecimiento tenía su horno incinerador, que en aquella época era como una parrilla y no cumplía las exigencias de hoy, pero tampoco se hablaba del medio ambiente.

En plena dictadura la mayoría de los hornos quedaron fuera de servicio y durante la intendencia de Racchetti se dispuso que la IMM tuviera la función de recolectarlos e incinerarlos en la usina 2, ubicada en Filadelfia y Dr. Pena.

En 1996, se nombró una Comisión Interinstitucional integrada por el MSP, el MVOTMA, el Congreso de Intendentes (un delegado por Canelones y otro por Montevideo) y asociaciones que unifican a los centros de salud del interior y montevideanos, de donde surgió el decreto 135/99, el que tiene determinados plazos para efectivizar sus normas. El tiempo ya ha vencido, pero a solicitud ministerial, la IMM continúa haciéndose cargo del destino de los residuos hospitalarios.

Esto ha generado enfrentamientos en el legislativo comunal, donde mientras unos acusan al gobierno departamental de favorecer determinados intereses particulares, otros creen que la recolección de residuos hospitalarios por parte de la IMM es producto de la negligencia, ya debida a la burocracia, ya a la atención de otros problemas considerados prioritarios porque "igual hay quien los está recolectando".

Distintas realidades con diferentes problemas

En el interior la realidad es distinta. En Maldonado está a cargo de una empresa privada, Aborgama, que empezó enterrando los residuos hospitalarios en un relleno de seguridad (porque al ser más gruesa la capa de polietileno impide que los líquidos pasen al terreno) junto al resto. Hace dos años comenzó a tratarlos en autoclave que, esterilizándolos, generaron gases que según el edil nacionalista Carlos Manzor, serán utilizados para iluminación.

En Canelones se dio una situación intempestiva cuando, a finales del año pasado, la intendencia envió comunicados a todos los establecimientos de salud informándoles que tenían cinco días para contratar una empresa ya que la comuna no se haría más cargo del servicio. Conclusión: Aborgama está por instalarse con una autoclave en el departamento canario y la empresa Natura tiene las mismas intenciones pero con un horno incinerador.

Salto es uno de los departamentos que no permite que se viertan los residuos hospitalarios en sus vertederos, haciéndose cargo de los mismos la empresa Trenal SA, que hasta donde pudimos saber, su dueño es el propio intendente salteño, escribano Eduardo Malaquina y, según palabras de la edila Teresita Ayestarán (EP) en la Junta Departamental de Montevideo, "a nosotros el funcionamiento de ese horno nos dejó mucho que desear. Voy a mencionar algunas cosas por la experiencia que tenemos en Montevideo en función del estudio realizado por el horno que se pensaba instalar en Camino Repetto. Por ejemplo, la Intendencia de Salto había marcado que en el horno había que instalar un lavador de gases, fundamental para no contaminar. Los hornos constan de dos partes: tienen dos cámaras donde se hace la incineración de residuos, una a 800 grados y otra a 1.200, pero, aunque la temperatura sea tan alta, siempre se producen dioxinas y furanos que contaminan el ambiente. Entonces, con el lavador de gases se asegura que nada pase a la atmósfera. Pero hacía meses que el horno estaba funcionando y no tenía el lavador de gases. Nos mostraron especificaciones, nos dijeron que lo iban a comprar y que para fin de año (la edila visitó Salto el año pasado y la versión taquigráfica es de abril de 2000) ya iba a estar instalado. Quizá lo esté, pero de la forma que funcionaba ya estaba contaminando".

Según fuentes confiables, ese horno funcionaba sin el consentimiento del entonces titular del MVOTMA, Juan C. Chiruchi. Su suplente, la ministra interina Graciela Martínez, lo aprobó, aplicando una multa de 500 unidades reajustables y dándole a Trenal SA un plazo de seis meses para ponerse al día con las condiciones del decreto en lo que a incineración se refiere.

Noticias investigó a qué se refería la edila Ayestarán cuando nombraba un horno en Camino Repetto. Según la información, se trató de la aprobación de la IMM para la instalación de un horno por parte de la empresa Natura. Los vecinos se movilizaron, motivados por la conducta del propietario del horno que prometió trabajo a unos y a otros no, que habló con los líderes locales, apareciendo distintos sectores políticos con sus intereses partidarios a cuestas. Se generó tal presión que llevó al intendente Arana a suspender la autorización y nombrar una comisión, que se expidió diciendo que no era conveniente la instalación en ese lugar.

En Montevideo, el residuo hospitalario aún no se clasifica correctamente por parte de quienes lo generan. Son 24 toneladas diarias, de las cuales 7 corresponden al Hospital de Clínicas, siendo Impasa, para los entendidos, un buen ejemplo de cómo obrar. Esas mismas personas, los que saben, aseguran que de hacerse bien las cosas, los desechos peligrosos serían alrededor de 5 toneladas. Nadie ignora la crisis que está viviendo el mutualismo, lo que quizá no todos sepan es que las empresas privadas cobran por hacerse cargo de los residuos entre 250 y 1.000 dólares la tonelada. De acuerdo con la información vertida en este artículo, el decreto debería respetarse por la salud de todos y, por igual motivo, los costos quizá necesiten adecuarse.

"Se necesita una empresa privada"

Para el edil nacionalista Carlos Manzor, hay 18 toneladas de residuos hospitalarios que tienen como destino la usina número 5, donde "se tapan con tierra generando gases que pueden producir explosiones". El edil continuó diciendo que "cuando comienza la putrefacción de todo eso se contaminan las napas y llega hasta el arroyo Carrasco". También expresó su preocupación por la quema a cielo abierto: "De seis hornos sólo funciona uno. Se dice que para que haya una oxidación ideal del tipo de residuo hospitalario peligroso, que evite la contaminación al contacto con el oxígeno, se tiene que quemar a 1.200 grados, cosa que en esos hornos es imposible y están quemando a la mitad de esa temperatura, lo cual no llega a los grados mínimos de quema en esas condiciones".

Según Manzor, que el MSP y el MVOTMA no hayan comenzado a efectuar la recolección de este tipo de residuos, tiene que ver con negligencia, pero las razones que llevarían a la IMM a seguir haciéndolo sería, "no por 'una obra humana', como dice el gobierno departamental, sino porque se está cumpliendo con las clínicas privadas y con el CASMU, evitando gastos extras".

Respecto a los residuos con materiales radioactivos, considera que lo ideal es la experiencia de Maldonado que "los esteriliza a determinados grados, los deposita en tinas especiales y pasan a las fosas, donde se transforman en gases que van a generar parte de la iluminación de San Carlos. Hay experiencias en el país, ¿por qué no se hacen?".

Declaró a Noticias que "la gente de la usina 2 se cepilla la espalda por la ceniza contaminante que cae. No entendemos por qué la intendencia hace este tipo de cosas cuando lo pueden hacer los privados en forma segura. Pedimos en la Junta que la intendencia deje de hacer esto cuanto antes, por supuesto que primero tendrá que dar apoyo logístico (vías de entrada y de salida, etcétera) a la empresa privada que asuma la responsabilidad".

Normas, plazos e irresolución

El ingeniero Luis Lazo está a cargo de la división Desarrollo Ambiental de la comuna capitalina: "En este último gobierno de Mariano Arana se creó una comisión en la que participaban la Dirección Nacional de Medio Ambiente, el Congreso de Intendentes, el Ministerio de Salud Pública, la Federación Médica del Interior, la Unión de la Mutualidad del Uruguay y el Sindicato Médico del Uruguay".

Debía estudiar qué hacer con los residuos hospitalarios de acuerdo con las técnicas y exigencias dictadas por normas nacionales e internacionales para la protección del medio ambiente.

A fines de 1996, estaba pronta la primera de las tres partes de la norma, la de clasificación dentro del establecimiento; las dos restantes eran transporte y tratamiento, y disposición final de los residuos. El entonces ministro de Salud Pública debía aprobarla y no lo hizo: "Recién en 1999, con el ministro Raúl Bustos, se aprobaron las tres partes al mismo tiempo, mediante el decreto 135/99, el que también firmó el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y suscribió la comisión".

Luego de explicar a Noticias que en ese decreto se da plazos para el cumplimiento de cada una de las etapas y se detalla al máximo cómo deber ser el procedimiento de incineración, agregó: "Cuando se fueron cumpliendo los plazos, el ministro Bustos envió una nota a nuestra secretaría general pidiendo que nos siguiéramos haciendo cargo de ese servicio hasta que se pudiera cubrir con llamados a licitación".

Artículos del decreto 135/99

Art. 3º: (...) "Las distintas operaciones correspondientes al manejo integral de los residuos sólidos hospitalarios según el plan de gestión correspondiente, podrán ser cumplidas directamente por el centro de atención de salud generador de los mismos o mediante la contratación con terceros habilitados o autorizados según lo requerido por el presente".

Art. 9º (Envasado): "Los residuos sólidos hospitalarios deberán ser envasados para su posterior recolección, según el siguiente detalle:

a) Los contaminados deberán depositarse en bolsas de polietileno virgen, de espesor mínimo de 80 (ochenta) micras y de tamaño mínimo de 60 (sesenta) centímetros de largo y de 80 (ochenta) centímetros de alto, de color amarillo con pictograma de color negro e identificación del generador, que puedan ser cerradas con un dispositivo que garantice su hermeticidad durante su traslado.

b) Los comunes deberán ser envasados en bolsas negras de polietileno o en contenedores compatibles con los equipos utilizados por los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos urbanos".

Art. 10º (Actividades previas al envasado): "A los efectos del envasado de los residuos sólidos hospitalarios contaminados que se establecen a continuación, en forma previa por lo dispuesto en el literal a del artículo anterior, se deberá:

a) los punzo-cortantes, colocarlos en recipientes rígidos, con un distintivo o adhesivo de color amarillo, con pictograma en color negro; b) los químicos, farmacéuticos y los oncológicos, neutralizarlos o desactivarlos en forma previa a su colocación en recipientes rígidos, según las instrucciones del fabricante y/o importador, teniendo en cuenta el sistema de tratamiento al que serán sometidos".

Art. 11º: (...) "En ningún caso los residuos sólidos hospitalarios contaminados podrán quedar expuestos en la vía pública o al libre acceso por terceros o ajenos al personal asignado para su manejo".

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