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Instan a la Junta del CASMU a desarrollar y ejecutar un Proyecto de Emergencia Móvil dependiente del SMU


Asamblea del
23 de abril

El pasado 23 de abril tuvo lugar la Asamblea General Extraordinaria del SMU que fuera convocada con el siguiente Orden del Día: 1. Reconsideración de la resolución de la Asamblea del día 2 de diciembre de 1993. 2. Constitución de un sistema de emergencia prehospitalaria móvil en conjunto con otras instituciones del Plenario.
3. Designación de dos asambleístas para
firmar el acta junto con la Mesa.

Junto con la convocatoria a la Asamblea los socios del Sindicato Médico del Uruguay habían recibido un documento que contenía el informe de la Comisión (interagrupacional) de Emergencias Móviles que fuera elevado al Comité Ejecutivo y los informes del Esc. Julio Lorente y el Ec. Luis Lazarov a la Comisión de Emergencias Móviles, como también una propuesta del Dr. Homero Bagnulo.
A juicio del Comité Ejecutivo el proyecto que resultara aprobado por la Asamblea, debería necesariamente contemplar los siguientes aspectos: a) La provisión de los cargos tendría que ser realizada por mecanismos transparentes, asegurando la libre aspiración entre los socios del SMU. b) No competir con la actividad laboral y/o profesional de los médicos de zona, radio o urgencia.
La Asamblea, que se realizó en los salones del Palacio Sudamérica, tuvo un quórum inicial de 477 socios. Luego de los primeros debates fueron presentadas tres mociones.

Moción Nº1

«Considerando:

* El espíritu de la resolución de la Asamblea General del SMU del 2.12.1993, que claramente indicó la creación de un Servicio de Urgencia y Emergencia propio del SMU.
* Que la creación de una empresa en forma conjunta con el Plenario de Instituciones Mutuales no brinda las garantías gremiales suficientes:

Proponemos:
1. No reconsiderar la resolución del 2.12.1993.
2. Mandatar al Comité Ejecutivo del SMU la intermediación y ejecución de dicho proyecto.»


Dres. Sara Méndez, Gerardo Eguren,
Celia De Pró, Fernando Riera,
Julio Correa, Aníbal Dutra,
Silvya Durán, José Kierszenbaum


Moción Nº2

«Considerando:
1. La necesidad de contar con un Servicio de Emergencia Médica Móvil que, en las actuales condiciones del mercado, satisfaga la demanda de los abonados actuales y potenciales del CASMU.
2. La decisión del gremio médico, expresada en la Asamblea del 2.12.1993 donde rechaza toda contratación externa de servicio de urgencia y emergencia y encomienda la elaboración de un proyecto institucional de un servicio de emergencia y urgencia.
3. El interés de que tal emprendimiento se encuentre bajo absoluto control del Sindicato Médico del Uruguay, a los efectos de garantizar el desarrollo del modelo de atención que este ha impulsado desde varias de sus convenciones médicas.
4. La necesidad de garantizar una adecuada distribución de los cargos médicos que del mencionado emprendimiento surgieran, así como evitar eventuales problemáticas laborales que el mismo pueda generar.

La asamblea resuelve:
1. No reconsiderar la resolución del 2.12.1993
2. Instar a la Junta Directiva del CASMU a que desarrolle y ejecute un proyecto de Emergencia Médica Móvil cuya dependencia se adscriba exclusivamente al Sindicato Médico del Uruguay.
3. Para ello deberá resolver su viabilidad económica y legal.
4. En trabajo conjunto con el Comité Ejecutivo del SMU, fijará pautas que garanticen derechos laborales adquiridos por los médicos centralizados del CASMU y no generen situaciones que pongan en riesgo el trabajo de los médicos descentralizados.

Dres. David Sempol, Jorge Martinovic, Tito Pais, Horacio Rodríguez Dulcini,
Pedro Ceruzzi, Mauricio Ardus,
Jorge Basso y Br. José Ma. Carissi

Moción Nº3

1. Reconsiderar el resultado de la Asamblea de 1993.
2. Mandatar al Comité Ejecutivo del SMU a asociarse con el Plenario en la creación de una unidad de emergencia móvil.

Dres. Gladys Martínez de Lima,
Natalio Blankleider,
Fabio Lima, D. Maglia

A continuación se sometió a votación la reconsideración o no de la resolución de la Asamblea del 2 de diciembre de 1993, resultando que 267 asambleístas votaron por la negativa a reconsiderar y 10 lo hicieron por la afirmativa.
Seguidamente fueron votados los puntos resolutivos 2 de la moción Nº1 y 2, 3 y 4 de la moción Nº2. La Mesa de la Asamblea entendió que no correspondía someter a votación la moción Nº3 al haberse rechazado la reconsideración de la Asamblea de 1993.
El punto 2 de la moción Nº1 recibió 128 votos, en tanto los puntos 2, 3 y 4 de la moción Nº2 recibieron 164 votos. De ese modo la Mesa proclamó aprobada la moción Nº2.
Los Dres. Tito Pais y Jorge Basso fueron los asambleístas designados para firmar el Acta junto con la Mesa.

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