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Último momento

A los médicos suplentes de Salud Pública

El jueves 5 de noviembre, en horas de la noche, el Comité Ejecutivo del SMU aprobó el siguiente comunicado «a los médicos suplentes de Salud Pública», informando, mediante un remitido en la prensa, de los alcances del Decreto del 20 de octubre, según surge de la entrevista mantenida por integrantes del máximo cuerpo directivo del gremio médico con el Director General de ASSE, Dr. Gustavo Giussi.

El Sindicato Médico del Uruguay, luego de haber mantenido en el día de la fecha una extensa entrevista con el Sr. Director General de ASSE, Dr. Gustavo Giussi, informa a los Médicos Suplentes de MSP-ASSE los compromisos asumidos por esa Dirección General:

  1. Fue ratificado el compromiso asumido anteriormente de estabilidad laboral para los médicos llamados «suplentes fijos», que no serán afectados en ningún caso como consecuencia de la desfinanciación del Rubro 0. Se incluyen en esta categoría a todos aquellos «suplentes fijos» ingresados antes de abril de 1998.
  2. Quedó asegurado el derecho al usufructo de la licencia anual reglamentaria de todos aquellos Médicos Suplentes que la hubieren generado.
  3. Cualquier desvío ocurrido en las Unidades Ejecutoras de ASSE sobre lo referido en los numerales 1 y 2 deberá denunciarse ante la propia Dirección General de ASSE.
  4. Respecto a los haberes devengados por los Médicos Suplentes, la Dirección General de ASSE asumió el compromiso de cumplir estrictamente con el pago de todos los conceptos que componen la retribución habitual.
  5. El pago de los haberes correspondientes a setiembre se verificará en las próximas horas, difiriéndose el pago de lo correspondiente al hogar constituido y productividad a hacerse efectivo en el mes de noviembre. La fecha de pago de los meses subsiguientes será comunicada a los interesados una vez obtenida la autorización del Ministerio de Economía y Finanzas.

Comité Ejecutivo del SMU

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Cargos en conflicto

La Comisión Asuntos Sindicales ante el despido del Dr. Hugo Giordano dispuesto por el Laboratorio Martínez Prado, alegándose presunta incompatibilidad entre el desempeño de funciones para dicho Laboratorio y para empresas competidoras, considera que no existiendo pacto de exclusividad –el cual implica mejora de las correspondientes remuneraciones– no es admisible el despido de un médico por las razones invocadas, en virtud de lo siguiente:

1º) En cumplimiento de la obligación de lealtad inherente al contrato de trabajo, el trabajador debe abstenerse de realizar competencia desleal a su empleador y revelar secretos de la empresa. La competencia desleal, esto es, ilícita, sólo puede configurarse –en medio profesional caracterizado por el pluriempleo– cuando se desarrollen actividades por cuenta propia o, en beneficio de terceros, que impliquen contraposición de intereses contradictorios para el trabajador y que esa colisión de intereses determine perjuicio real o potencial para el empleador. Recuerda la Dra. Martha Abella, que una sentencia reciente señala que, «el trabajador de la salud no compite, presta asistencia a un ser humano, quienes compiten son las empresas».

La técnica empleada en el desarrollo de las funciones cumplidas en el laboratorio, tampoco puede ser considerada como secreto de empresa, cuya divulgación o uso en beneficio de terceros implique un comportamiento ilícito. La utilización del conocimiento, aun cuando haya sido adquirido en ocasión del trabajo o como formación profesional propiciada por la propia empresa, es parte del patrimonio del trabajador que, salvo pacto de exclusividad, no puede ser vedada por el empleador.

2º) De lo anterior resulta que las razones invocadas para despedir, no solamente carecen de fundamento jurídico, de acuerdo con la opinión de la Dra. Abella, sino que, además, su solo enunciado constituye una lesión a la ética profesional del Dr. Giordano, al presumir, sin el menor indicio probatorio, que la relación de dependencia con un tercer presunto competidor en la venta de servicios, representaría una violación del deber de lealtad para con su empleador.

Por lo expuesto, la Comisión Asuntos Sindicales resolvió sugerir al Comité de su presidencia, dar publicidad al contenido de la presente nota.

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Convenio

A los veintidós días del mes de octubre de 1998, por una parte el Sindicato Médico del Uruguay, con domicilio en Br. Artigas 1515, representado por los Dres. Juan Carlos Macedo y José Kierszenbaum, en su calidad de Presidente y Secretario respectivamente, y por la otra, la empresa Estética 2000-Unna, con domicilio en 18 de Julio 1076, Apto. 5, representada por la Sra. Virginia Esponda, en su calidad de Directora, celebran el presente convenio y acuerdan:

1) La empresa Estética 2000-Unna brindará a todos los socios y funcionarios del SMU que lo requieran, los tratamientos corporales, faciales, capilares y médicos con los descuentos aquí explicitados:

a) 20% de descuento sobre el precio de lista para los pagos al contado.

b) 10% de descuento sobre precio de lista abonando el 50% al contado y el resto al llegar a la mitad del tratamiento contratado.

2) El presente convenio tendrá una vigencia de un año a partir del día de la fecha. Se considerará renovado automáticamente por períodos iguales, en caso de no mediar preaviso escrito de cancelación, realizado por una de las partes, con una antelación mayor a 30 días.

por Estética 2000-Unna

Sra. Virginia Esponda
Directora

por Sindicato Médico del Uruguay
Dr. Juan Carlos Macedo
Presidente

Dr. José Kierszenbaum
Secretario

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23 de octubre: día del Periodista

Homenajeando a la Prensa

El viernes 23 de octubre se conmemoró en Uruguay el día del Periodista. El sábado siguiente, casi en coincidencia la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU) celebró su 54 aniversario con una fiesta en el local social de CAMBADU.

Como es tradicional, el Sindicato Médico del Uruguay adhirió a la fecha, compartiendo con los representantes de la prensa un asado de camaradería que contó con la presencia de más de medio centenar de profesionales de medios orales, escritos y televisivos.

Sirvan como testimonio de la jornada algunas de las muestras gráficas tomadas en el transcurso de la misma y el texto de la invitación que en uno de sus tramos hablaba en estos términos de la trascendencia que el SMU da a la prensa:

«Para el Sindicato Médico del Uruguay la fecha contiene una significación de primer orden, en tanto la consecución de los postulados fundamentales de nuestra institución, a saber, ‘la defensa de los intereses morales y materiales de los profesionales médicos, el perfeccionamiento de la sanidad nacional, la educación social del médico y su familia y las normas de la Deontología Médica’, sería poco imaginable sin la presencia constante de los profesionales de la comunicación, ojos y oídos de la sociedad, testigos y garantes de nuestro acontecer democrático».

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Agrupación Unid-Praderi (I)

El lunes 30 de noviembre rendiremos homenaje a los colegas que fundaron la Agrupación y ya no están entre nosotros.

Este se efectuará en la Sede del SMU, a la hora 21, en sentida ceremonia a la cual serán invitados expresamente sus familiares y allegados.

Por este único medio, se participa a quienes consideren que deban asistir.

Agrupación Unid-Praderi (II)

El viernes 4 de diciembre realizaremos la reunión de fin de año, que consistirá en una cena, con actuación musical (sorpresa) de alto nivel y regalos para todos los participantes.

A efectos de centralizar la reserva de tickets, deberán comunicarse con el Dr. Pedro Koyounian al 409 95 95, antes del 25 de noviembre.

De esta forma, daremos por culminado nuestro accionar en los diferentes órganos y comisiones del Sindicato Médico del Uruguay en 1998 y nos aprestaremos a brindar por un mejor futuro para todas las Agrupaciones y todos nuestros colegas en 1999.


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Asamblea General

Sociedad Uruguaya
de Salud Pública
(susap)

Temario

Elección de autoridades

Cronograma de actividades 1999

Asuntos laborales

Jueves 3 de diciembre de 1998

Hora 19.30

Salón de Actos del Instituto de Higiene

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