ADVERTENCIA: El recurso que está visitando fue creado hace mucho tiempo y no ha sido revisado recientemente. Se mantiene como acervo de la Institución pero tenga en cuenta que puede contener información no relevante o desactualizada.

Asamblea aprobó criterio

Ejecutivo designa Directorio de la Emergencia Móvil del SMU El Comité Ejecutivo del Sindicato Médico del Uruguay designó a los cinco integrantes del Directorio de su futura Emergencia Móvil, en cumplimiento de la resolución de la Asamblea realizada el 15 de octubre. En el Palacio Sudamérica se presentaron dos visiones filosóficas contrapuestas respecto del mecanismo de elección de directores de la nueva empresa. Finalmente, fue aprobado el criterio de designación propuesto por la comisión especial del Ejecutivo.

por Armando Olveira

La Asamblea se inició con un resumen histórico y legal del proyecto a cargo del escribano Julio Lorente. «La persona jurídica que tiene que constituirse para la emergencia móvil del SMU debería ser exclusivamente una sociedad anónima y no otro tipo de forma social. Esto se debe a que el titular de la empresa sería el SMU. Una sociedad, por definición legal, es la constitución de dos o más empresas físicas o jurídicas que ponen algo en común para un emprendimiento, en el que la participación social se representa a través de títulos llamados acciones, respecto a las cuales hay un decreto del Poder Ejecutivo que autoriza que sean exclusivamente de un titular. En este caso existe una sola persona titular de esa sociedad, que es el SMU, y en consecuencia se estaría imposibilitando la creación de una sociedad de cualquier otro tipo», indicó Lorente.

Entrando directamente en el motivo de la Asamblea, explicó: «Hay una disposición expresa de la ley de sociedades comerciales que establece cómo se eligen los integrantes cuando el titular es una persona jurídica como el SMU. El artículo 82 de la ley de sociedades comerciales establece que la persona jurídica (SMU) designará su órgano administrador, y que en cualquier momento esa persona jurídica puede, sin expresión de causa, remover al Director y sustituirlo por otro. Respecto de la forma que el SMU determina la elección de esos directores, existe libertad, ya que no hay disposición legal que establezca un acto formal obligatorio.

»La forma de designación está totalmente fuera de los estatutos de la sociedad anónima (solo dirá que serán designados por el Ejecutivo del SMU). La forma en que se llega a esa resolución es tema extrasocietario. Es tema del SMU. Por eso fue convocada esta asamblea», sentenció Lorente.

Al abrirse la lista de oradores, el Dr. Hernández Mahaux propuso aprobar el informe sin necesidad de mayor discusión. «¿Qué vamos a agregar nosotros como médicos?», argumentó.

A su turno, la Dra. Silvya Durán recordó que el informe (de Lorente) surgió de una Comisión de tres miembros creada por el Ejecutivo. «Se aprobó por mayoría, pero no por unanimidad. Por ello fue pedida una reconsideración y se propuso que una Asamblea resolviera sobre el tema. La reconsideración fue aprobada por amplia mayoría».

Durán fue una de las discrepantes con la posición mayoritaria. «No estuvimos de acuerdo con que los miembros de le emergencia móvil fueran seleccionados por el Ejecutivo del SMU; cuando este mismo órgano, además de la Junta Directiva del caSMU y otros cuerpos de relevancia, son elegidos directamente por voto gremial. Planteamos nuestra diferencia ya que, perfectamente, puede haber una lista en la cual cada uno puede marcar nombres para el Directorio de la empresa. Pensamos que es un método más claro y cristalino».

«Cuando consultamos a Lorente, comprendimos que no es ilegal que el Ejecutivo designe a los directores de acuerdo al resultado de una votación abierta. Inclusive, un director puede ser removido por el Ejecutivo según una lista de suplentes también elaborada por sufragio directo. Por lo menos, así sabremos quién va a integrar el órgano máximo de la empresa», subrayó.

«También discrepamos con la idea de que puede haber muchos acuerdos entre agrupaciones sin voluntad del asociado. Creemos que es mucho mejor que sepamos a quién votamos, más aun con la ventaja del voto cruzado. Quizá el cuerpo electoral puede considerar que una agrupación es buena para la Junta, otra para el Ejecutivo y una tercera para la Emergencia. Proponemos, entonces, que se utilicen todos los beneficios de este instrumento», afirmó.

El presidente de la Junta Directiva del caSMU, Dr. Tito Pais, informó que había sido consultado el asesor jurídico, Dr. Antonio Grille, quien planteó las dificultades que presentaba la iniciativa de Durán. «Puede darse la situación de que un director de la Emergencia Móvil consiga más votos que los integrantes del Ejecutivo del SMU. Creemos que no será conveniente desde el punto de vista formal, que el máximo cuerpo gremial tuviera menor representatividad electoral que el Directorio de la sociedad anónima», enfatizó.

A su turno, el Dr. Salomón Cizín planteó sus dudas sobre quién será el responsable de nombrar al nuevo Directorio. «¿Será el actual Ejecutivo, o el próximo?». Tras el cuestionamiento, propuso que la responsabilidad recayera sobre el próximo Comité Ejecutivo, que será elegido el año que viene.

Elección directa o indirecta

El Dr. Jorge Martinovic respondió la pregunta de Cizín y apoyó el punto de vista de Pais. «Integré la Comisión que elaboró el informe votado por esta Asamblea. La idea original está de acuerdo (con el Dr. Cizín). Tras cada elección de un nuevo Ejecutivo (cada dos años) se procederá a designar los nuevos miembros del Directorio», afirmó.

«En cuanto al planteo de la Dra. Durán acerca del mecanismo de elección directa, la Comisión valoró que el cuerpo elector sería la masa social del SMU, lo que hace muy poco convocable a futuras instancias de rendición de cuentas o remoción de sus miembros. El Directorio no será un órgano parlamentario, sino el administrador de una empresa. Por lo tanto, el proyecto establece depositar en el Ejecutivo (actuando como asamblea de accionistas) la designación y/o destitución de los directores.

»La comisión trató de mantener un criterio democrático de representación, asignándole al Ejecutivo la responsabilidad política de seleccionar directores.

»Lo democrático se satisface con una representación proporcional que refleje la pertenencia de las tres agrupaciones mayoritarias del SMU. La responsabilidad política obliga a una mayoría absoluta del Ejecutivo para la designación de directores. El criterio operativo establece que no se puede utilizar un mecanismo más representativo, con la participación de más agrupaciones en el Directorio, haciéndolo más numeroso, porque en realidad la Emergencia Móvil será una empresa que necesariamente tiene que funcionar con criterios empresariales, de eficiencia y eficacia. Por eso son cinco los miembros del Directorio, y no siete, once o trece, como ocurre con otros órganos del SMU».

Martinovic dijo que «no se trata de un órgano adscrito del SMU, sino de una sociedad anónima con su propio reglamento de funcionamiento. De ahí que no nos parece lógico asimilarlo a la elección del Ejecutivo, la Junta del CASMU o el Consejo Arbitral».

Acto seguido, el Dr. Salvo apoyó el punto de vista de Durán y propuso designar en forma interina un Directorio que podría permanecer en funciones hasta la próxima elección. «Siendo muy optimistas, el proceso de conformación de la sociedad anónima sería completado sobre el plazo electoral. Estoy de acuerdo con el voto directo, pero se necesita una administración que cumpla todos los pasos previos a la puesta en funcionamiento de la empresa», adelantó.

A ello, el Dr. Pais respondió: «El mecanismo que propone la Comisión es aplicable de aquí en adelante. En los hechos, hay todo un proceso administrativo que se debe llevar adelante en los próximos meses. Habrá que solicitar permisos y realizar trámites burocráticos para que la empresa tenga una apertura formal». «Siendo muy optimistas, tal vez terminemos sobre el plazo de la próxima elección. Pero no habrá interinatos. Hoy se puede nombrar a los miembros del directorio de acuerdo al criterio propuesto; y luego de la elección se nombrarán los nuevos integrantes, de acuerdo a la futura integración política del Ejecutivo», resumió Pais.

 

Moción aprobada (61 votos)

La propuesta presentada a la Asamblea por los doctores Pais, Martinovic, Ardús, Vitarella, Basso y Ceruzzi, señala: «Aprobar los criterios para la conformación del Directorio de la sociedad anónima de la emergencia móvil del SMU, de acuerdo a lo expresado por la Comisión que a tales efectos designara el Comité Ejecutivo del SMU». Consiguió 61 voluntades.

 

La otra moción (17 votos)

La moción presentada por los doctores Durán y Pittamiglio expresa: «1) Que en forma transitoria se adopte la propuesta de la Comisión.

2) Que a partir del próximo acto eleccionario, el Directorio sea electo por voto directo». Obtuvo 17 votos.

 

Del proyecto «Terra-Carro» a la «Comisión»
Una idea en evolución

(*) La evolución económica, jurídica, política y gremial de la Emergencia Móvil del SMU recibió un fuerte impulso en 1993 cuando una Asamblea encomendó al Ejecutivo un estudio de factibilidad para la creación de una empresa propia. Fue la respuesta del gremio a sucesivas contrataciones de emergencias externas para servir al CASMU.

(*) En los años sucesivos se estudiaron varios proyectos, entre los que se destaca el conocido como «Terra-Carro», inspirador de la iniciativa definitivamente aprobada por el Ejecutivo.

(*) En 1997, una reunión del Plenario de iamc propone la participación del CASMU en una emergencia móvil del sector. Ese mismo año, una Asamblea del SMU recibe varias propuestas: 1) Una emergencia del Plenario. 2) Una emergencia del CASMU. Es aprobada la segunda opción.

(*) Se encomienda a la Junta Directiva del CASMU la realización de un estudio de factibilidad para una emergencia propia. Se contrata los servicios de una consultora especializada que presenta un informe legal.

(*) Los asesores recomiendan la conformación de una Sociedad Anónima cuyo depositario de acciones debiera ser el Comité Ejecutivo del SMU (figura explicada por el escribano Julio Lorente a la Asamblea del 15 de octubre).

(*) Es contratado un estudio económico-financiero que lleva a cabo una evaluación administrativa del proyecto. Se presentan doce escenarios posibles en los que la Emergencia Móvil del SMU es viable y rentable.

(*) En reunión del Ejecutivo realizada en agosto de este año, en el balneario Solís, se completa el primer esbozo de Directorio de la futura empresa. Se designa una comisión especial para el estudio de los informes técnicos, integrada por Jorge Martinovic, Mauricio Ardús y Carlos Gorga.

(*) La propuesta de esa Comisión es aprobada por el Ejecutivo por mayoría simple. Debido a desacuerdos en el mecanismo de elección del nuevo Directorio se decide la reconsideración del tema y se cita a la asamblea del 15 de octubre, que aprueba lo resuelto por el cuerpo especial.

(*) El Ejecutivo del SMU debe nombrar a los integrantes de la Emergencia Móvil, de acuerdo al criterio confirmado por Asamblea. Son dos por la agrupación más votada (Fosalba), uno por la segunda (Recuperación) y uno por la tercera (unid). A ellos se suma el representante del CASMU.

(*) Poco después de la Asamblea, la Dra. Sylvia Durán profundizaba en su visión del debatido tema. «Es la única discrepancia. Nunca pusimos en discusión que un Directorio de cinco integrantes es correcto. Pero creemos que debe surgir del próximo acto electoral. Así el gremio tendría la posibilidad de designación, con nombre y apellido, con la posibilidad de voto cruzado. En la asamblea se argumentó que sería negativo el hecho de que un director de la Emergencia pudiera tener más votos que un miembro del Ejecutivo con potestades de destituirlo, pero ese mismo riesgo se corre en la elección de la Junta Directiva del CASMU».

(*) Por su parte, el Dr. Jorge Martinovic argumentaba nuevamente en favor del procedimiento. «El Directorio no es un organismo adscrito del SMU, sino una empresa para la que importa más la eficiencia que la representatividad política. No podemos atar el destino de un emprendimiento de este tipo a la coyuntura electoral de un Sindicato atomizado. Por eso apoyamos un número reducido de directores representativos de mayorías electorales. El mecanismo de elección por la masa social nos planteaba dudas formales: primero, la eventualidad de que el Ejecutivo se viera obligado a destituir a directores con mayor representatividad electoral. Inclusive, las designaciones requieren de mayorías dentro del Ejecutivo, y de acuerdos entre las agrupaciones. Por eso defendimos la elección indirecta».

 

Los cuatro del SMU

El jueves 5 de noviembre, el Comité Ejecutivo del SMU designó a los cuatro representantes de la institución en la emergencia móvil. Ellos son: Milton Carro, Alarico Rodríguez, Julia Galzerano y Eduardo Figueredo.

La empresa tendrá una inversión inicial de un millón de dólares, que permitirá poner en circulación cinco unidades móviles con 26 médicos y personal paramédico y administrativo.

Los afiliados al CASMU abonarán por este servicio una sobrecuota aproximada de 60 pesos. La remuneración de los médicos será equivalente a la de técnicos grado 3 de la Unidad de Reanimación y Traslado del CASMU.

/