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CONVENIO


A los dieciocho días del mes de marzo de 1999, por una parte el Sindicato Médico del Uruguay, con domicilio en Br. Artigas 1515, representado por los Dres. Juan Carlos Macedo y José Kierszenbaum, en su calidad de Presidente y Secretario respectivamente, y por la otra Barquisimeto S.A., propietario del «Gran Hotel Central» (Colonia Suiza), representado en este acto por el Sr. Ing. Eduardo Ferenczi Korondi, en su carácter de Presidente, celebran el presente convenio.

(La propiedad del Hotel Central y la representatividad del Sr. Ferenczi son acreditadas mediante constancia notarial que se adjunta y forma parte del presente contrato).

DE LAS PRESTACIONES:

El Gran Hotel Central, ubicado en la 10a. Sección Judicial del Departamento de Colonia, Paraje Colonia Suiza, brindará alojamiento a los socios del SMU en las siguientes condiciones:

1) Los socios del SMU y sus acompañantes serán ubicados en habitaciones o apartamentos climatizados, con baño privado, teléfono y TV por cable.

2) El alojamiento del socio del SMU cuando vaya acompañado por uno o más acompañantes que se alojan en la misma habitación o apartamento, será sin costo.

Si el alojamiento en habitaciones separadas responde a problemas locativos del momento, se mantendrán las mismas condiciones.

3) El primer acompañante -sea o no socio del SMU- pagará U$S 24 (veinticuatro dólares americanos) por día.

4) Los acompañantes adicionales pagarán U$S 15 (quince dólares americanos) por día cada uno.

5) Si el socio se alojara solo en habitación single, pagará U$S 24 (veinticuatro dólares americanos) por día.

6) En los precios anteriores queda comprendido el desayuno.

7) Durante las semanas de Carnaval y de Turismo, la tarifa de cada acompañante -en las condiciones antes estipuladas- será de U$S 30 (treinta dólares americanos) por día.

8) El hotel permanece abierto todo el año; durante el período comprendido entre el 1/5/1999 y el 1/11/1999, las tarifas aumentan U$S 2 por persona por día, por concepto de costos de calefacción.

9) Quien desee hacer uso de la piscina techada climatizada, sea o no socio del SMU, deberá abonar U$S 5 por día, y la podrá usar dentro de los horarios estipulados para ello.

10) Piscinas exteriores, canchas, juegos, podrán ser usados sin cargo alguno.

11) El servicio de restaurant ofrecerá dos menúes (A) y (B), de U$S 8 (ocho dólares americanos) y U$S 10 (diez dólares americanos) respectivamente.

Ambos menúes constarán de un plato de entrada, 1 plato principal y postre, incluyendo la bebida (agua mineral, o refresco, o cerveza chicos, o jarra de 1/4 litro de vino)

? En el menú (A) los platos podrán ser elegidos entre cuatro menúes fijos.

? En el menú (B) se elegirá de la carta que incluirá platos tradicionales suizos.

12) El Hotel Central se obliga a brindar el servicio en las condiciones detalladas, sin límite de permanencia por socio en forma de días corridos. En el caso de días fraccionados, el socio no podrá usar más de 3 (tres) veces el día sábado exclusivamente, por año. No se considerará uso exclusivo del día sábado si su permanencia es mayor a 3 (tres) días corridos.

13) Los familiares directos de socios: padres, hijos y nietos, podrán alojarse en el Hotel -por mandato escrito del socio- abonando las tarifas y condiciones fijadas para los acompañantes.

14) Para alojarse en las condiciones anteriormente establecidas, los socios del SMU deberán realizar previa reserva a los teléfonos 6132040/41, 6191282 o 05544025, habilitados las 24 horas del día. A su ingreso, deberán presentar Cédula de Identidad (o Carné Social) y recibo gremial al día.

DE LAS PRESTACIONES:

15) El SMU se compromete a dar la más amplia difusión al presente convenio, dentro de los medios a su alcance.

DE LA VIGENCIA:

16) El presente convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 1999. Se considerará renovado automáticamente por períodos de un año, de no mediar pre-aviso escrito de modificación o cancelación, realizado por una de las partes, con una antelación mayor a 60 días.

17) Son firmados en este acto, dos ejemplares del mismo tenor.

por Barquismeto S.A.
Sr. Eduardo Ferenczi
Presidente del Directorio

por Sindicato Médico del Uruguay
Dr. Juan Carlos Macedo
Presidente

Dr. José Kierszenbaum
Secretario

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