Categoría: Institución

Posición de las Sociedades Científicas sobre el etiquetado frontal de alimentos envasados.

Recibimos y publicamos documento sobre la posición de las Sociedades Científicas sobre el etiquetado frontal de alimentos envasados.

Posición de las Sociedades Científicas sobre el etiquetado frontal de alimentos envasados.

miércoles 10 de junio de 2020

La obesidad y el sobrepeso se han constituido en una pandemia de la que Uruguay no está ajeno. Según datos publicados por la Organización Mundial de la Salud, 63% de los uruguayos presentaban sobrepeso u obesidad en 20161. Esta situación es prevalente y alarmante en edades tempranas de la vida, con una prevalencia próxima a 12% en niños menores de cuatro años y de 27% en adolescentes de entre 13 y 15 años2. Sobrepeso y obesidad constituyen factores de riesgo centrales para el desarrollo de enfermedades crónica no transmisibles, que al igual que en el resto del mundo, son la principal causa de muerte3 y morbilidad4 en Uruguay. El consumo de bebidas y alimentos ultraprocesados es un factor fuertemente vinculado al desarrollo de sobrepeso y obesidad. Un informe de la Organización Panamericana de la Salud de 2015 muestra un incremento en la venta de estos productos de 27% en el periodo 2000-2013 en 13 países de América Latina. Uruguay es el país que presentó el crecimiento más rápido en el consumo de estos productos (146%) a expensas principalmente del consumo de bebidas azucaradas5.

El etiquetado de alimentos tiene como objetivo mejorar la elección de alimentos por parte de los consumidores a través de proveer información clara que permita identificar de forma práctica y rápida aquellos productos con un perfil nutricional no favorable. En un estudio nacional, la presencia de advertencias en la parte frontal del empaquetado con forma de octógonos de color negro, se mostró efectiva en mejorar la selección de productos más saludables por parte de los consumidores que formaron parte del estudio6. La estrategia del etiquetado de productos se ha mostrado como una medida costo-efectiva en reducir el consumo de bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados entre otros, tanto en países de la región como de otros continentes 789101112131415. La implementación de este tipo de políticas (políticas “nudge”, basadas en pequeños “empujones o estímulos” que contribuyen a optimizar decisiones sin prohibir opciones16) se ha mostrado efectiva en Uruguay en lo que respecta a su contribución en el control del tabaquismo17.

En agosto de 2018 se estableció en Uruguay la obligatoriedad del etiquetado frontal de alimentos envasados (decreto 272/018)18. En este decreto se establece que los alimentos que son envasados en ausencia del cliente, deberán contar con un rotulado nutricional frontal cuando en su composición final el contenido de sodio, azúcares, grasas o grasas saturadas exceda los valores establecidos en dicho decreto18. En el proceso de elaboración del decreto se incluyó la opinión de la ciudadanía, asociaciones académicas, organizaciones nacionales e internacionales, asociaciones gremiales e industrias de alimentos19. Con el fin de establecer directrices para la aplicación de esta normativa a las instituciones con competencias en su implementación, el Ministerio de Salud elaboró un detallado manual20. Se estableció como fecha límite para exigir su implementación definitiva el 28 de febrero de 2020 (18 meses luego de aprobado el decreto)18. Dada la necesidad de armonizar este decreto a la normativa del Mercosur, se creó una comisión de trabajo multidisciplinaria (integrada por los Ministerios de Relaciones Exteriores, Educación y Cultura, Economía y Finanzas, Industria, Minería y Energía, y Salud Pública), y se prorrogó el plazo de implementación definitiva 120 días a partir del 1º de marzo de 2020 (decreto 91/020)21.

Desde el trabajo inicial en el que se incluyó a diferentes actores sociales, y bajo un aparente acuerdo con la necesidad de adoptar medidas, se evidenció una fuerte oposición a la política y en particular al sistema de advertencias por parte de la industria alimentaria22.

En una reciente encuesta realizada a 2210 uruguayos adultos entre 18 y 65 años de edad (Ares G, Antúnez L, Brunet G, datos mencionados en prensa https://salud.ladiaria.com.uy/articulo/2020/6/encuesta-de-la-udelar-muestra-que-la-politica-de-etiquetado-frontal-de-alimentos-que-esta-en-suspenso-tiene-un-alto-nivel-de-aceptacion/) nueve de cada diez encuestados (93%) catalogó como “buena o muy buena” la medida de implementación del rotulado frontal.

El conjunto de Sociedades Científicas y asociaciones abajo firmantes, hacen pública su postura a favor del etiquetado frontal de alimentos. Esta política, junto con otras tendientes a estimular la alimentación saludable, contribuyen al control de factores de riesgo modificables que están en la base del desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles con conocido impacto sobre la morbimortalidad de nuestra población.

 

Montevideo, junio de 2020  

  • Sociedad Uruguaya de Pediatría
  • Sociedad de Medicina Interna del Uruguay
  • Sociedad Uruguaya de Nefrología
  • Sociedad Uruguaya de Reumatología
  • Sociedad de Dermatología del Uruguay
  • Sociedad Integrada de Emergencia Pediátrica del Uruguay
  • Sociedad Uruguaya de Gerontología y Geriatría
  • Sociedad de Hematología del Uruguay
  • Sociedad de Infectología Clínica del Uruguay
  • Sociedad Uruguaya de Medicina Intensiva
  • Sociedad Uruguaya de Psiquiatría de la Infancia y la Adolescencia
  • Sociedad Uruguaya de Neonatología y Pediatría Intensiva
  • Sociedad de Neurología del Uruguaya
  • Sociedad Uruguaya de Medicina Familiar y Comunitaria
  • Sociedad Uruguaya de Rehabilitación y Medicina Física
  • Sociedad Uruguaya de Cardiología
  • Sociedad Uruguaya de Cirugía Bariátrica y Metabólica
  • Sociedad Uruguaya de Endocrinología y Metabolismo
  • Sociedad de Diabetología y Nutrición del Uruguay
  • Sociedad de Psiquiatría del Uruguay
  • Sociedad Uruguaya de Ginecología de la Infancia y Adolescencia
  • Sociedad de Cirugía del Uruguay
  • Sociedad Uruguaya de Neumología
  • Sociedad Uruguaya de Patología Clínica
  • Sociedad Uruguaya para el Estudio de la Obesidad
  • Sociedad Uruguaya de Salud Colectiva
  • Sociedad Ginecotocológica del Uruguay
  • Sociedad Uruguaya de Nutrición 

 

Referencias

1            Pan American Health Organization P. PLISA Health Information Platform for the Americas. 2018.https://www.paho.org/data/index.php/en/indicators/visualization.html (accessed 6 Jun2020).

2            INE, INAU, MEC, MSP M. Encuesta de Nutrición, Desarrollo Infantil y Salud Informe de la Segunda ronda. 2018; : 1–57.

3            MSP. Mortalidad por Enfermedades No Transmisibles. Uruguay, diciembre 2019. 2019https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/comunicacion/publicaciones/mortalidad-enfermedades-transmisibles-uruguay-diciembre-2019.

4            MSP. Morbilidad por Enfermedades No Transmisibles. Uruguay, diciembre 2019. 2019.https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/comunicacion/publicaciones/morbilidad-enfermedades-transmisibles-uruguay-diciembre-2019.

5            Pan American Health Organization. Ultra-processed food and drink products in Latin America: sales, sources, nutrient profiles and policy implications. 2019.

6            Ares G, Aschemann-Witzel J, Curutchet MR, Antúnez L, Machín L, Vidal L et al. Nutritional warnings and product substitution or abandonment: Policy implications derived from a repeated purchase simulation. Food Qual Prefer 2018; 65: 40–48.

7            Taillie LS, Reyes M, Colchero MA, Popkin B, Corvalán C. An evaluation of Chile’s Law of Food Labeling and Advertising on sugar-sweetened beverage purchases from 2015 to 2017: A before-and-after study. PLoS Med 2020; 17: e1003015.

8            Kumar M, Gleeson D, Barraclough S. Australia’s Health Star Rating policy process: Lessons for global policy-making in front-of-pack nutrition labelling. Nutr Diet 2018; 75: 193–199.

9            Huang Y, Kypridemos C, Liu J, Lee Y, Pearson-Stuttard J, Collins B et al. Cost-Effectiveness of the US Food and Drug Administration Added Sugar Labeling Policy for Improving Diet and Health. Circulation 2019; 139: 2613–2624.

10          Tao Y, Li J, Lo YM, Tang Q, Wang Y. Food nutrition labelling practice in China. Public Health Nutr 2011; 14: 442–450.

11          Julia C, Etilé F, Hercberg S. Front-of-pack Nutri-Score labelling in France: an evidence-based policy. Lancet Public Heal 2018; 3: e164.

12          Cecchini M, Warin L. Impact of food labelling systems on food choices and eating behaviours: A systematic review and meta-analysis of randomized studies. Obes Rev 2016; 17: 201–210.

13          Corvalán C, Reyes M, Garmendia ML, Uauy R. Structural responses to the obesity and non-communicable diseases epidemic: Update on the Chilean law of food labelling and advertising. Obes Rev 2019; 20: 367–374.

14          Hyseni L, Atkinson M, Bromley H, Orton L, Lloyd-Williams F, McGill R et al. The effects of policy actions to improve population dietary patterns and prevent diet-related non-communicable diseases: Scoping review. Eur J Clin Nutr 2017; 71: 694–711.

15          Vandevijvere S, Dominick C, Devi A. The healthy food environment policy index: Findings of an expert panel in New Zealand. Bull World Health Organ 2015; 93: 294–302.

16          Thaler R, Cass S. Nudge. Improving Decisions About Health, Wealth, and Happiness. Yale University Press, 2018.

17          Harris JE, Balsa AI, Triunfo P. Tobacco control campaign in Uruguay: Impact on smoking cessation during pregnancy and birth weight. J Health Econ 2015; 42: 186–196.

18          Presidencia de la República U. MODIFICACION DEL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL, RELATIVO AL ROTULADO DE ALIMENTOS. Decreto 272/018. 2018.

19          Uruguay M de SP. Consolidado de respuestas a los comentarios recibidos durante la consulta pública nacional e internacional al proyecto de decreto relativo al rotulado de alimentos envasados (2017), y a los comentarios recibidos por la notificación ante la Organización Mu. 2017.https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/sites/ministerio-salud-publica/files/documentos/publicaciones/msp_decreto_rotulado_alimentos_envasados.pdf.

20          Ministerio de Salud de Uruguay. Manual para la aplicación del Decreto No 272/018 sobre rotulado frontal de alimentos. 2018; : 32.

21          Presidencia de la República U. PRORROGA DE PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 11 DEL DECRETO 272/018, REFERENTE AL ROTULADO DE ALIMENTOS Y CREACION DE UNA COMISION DE TRABAJO MULTIDISCIPLINARIA. Decreto 91/020. 2020.

22          Ares G, Bove I, Díaz R, Moratorio X, Benia W, Gomes F. Argumentos de la industria alimentaria en contra del etiquetado frontal de advertencias nutricionales en Uruguay. Rev Panam Salud Pública 2020; 44: 1.

 

El 82% de los uruguayos está de acuerdo con la eutanasia y el 62% con el suicidio asistido según encuesta realizada por SMU.

sábado 6 de junio de 2020

El Sindicato Médico del Uruguay en el marco de sus 100 años ha comenzado una etapa de trabajo en sus diferentes comisiones con el objetivo de discutir y reflexionar sobre diversas temáticas.

En este sentido, la Comisión de Bioética y Derechos Humanos planteó el tema de la eutanasia y el final de la vida realizando diferentes actividades e instancias de profundización.

Para sumar más elementos al debate de tan importante temática, el SMU por intermedio de Equipos Consultores realizó una encuesta de opinión dirigida a la ciudadanía sobre eutanasia.

El objetivo de la misma es generar conocimiento sobre las actitudes de los uruguayos y la información que manejan sobre las decisiones y acciones vinculadas al final de la vida como Eutanasia y Suicidio asistido en particular.  

Además se indagó en el conocimiento y evaluación de la Ley de Voluntad Anticipada, experiencias cercanas de la población vinculadas sobre la ayuda médica a morir y toma de decisiones.

Encuesta en la opinión pública.

La encuesta fue realizada entre el 13 y el 14 de mayo de 2020 sobre una muestra representativa de la población del Uruguay mayor de 18 años. La modalidad utilizada fue la telefónica mediante aparatos móviles.

La muestra se caracterizó de la siguiente manera:  

 

A estas características debemos agregar que las personas encuestadas se asisten en prestadores de salud privados en un 58% y públicos en un 41%.

Sobre la importancia que tienen las creencias religiosas en su vida, el 30% respondió que es “muy importante” y un 29% respondió “nada importante” como se aprecia en el siguiente gráfico.

 

En cuanto al manejo de la información y decisiones sobre el proceso de muerte, el 22% de la población manifestó que conoce que existe en Uruguay una ley de Voluntad Anticipada.

Se destaca de forma contundente la importancia del derecho de los pacientes sobre todo en la búsqueda de la transparencia en el manejo de la información que se brinda a pacientes y familias sobre las enfermedades que atraviesan y el estado de las mismas.

El 93% de los encuestados manifestó que el médico debe comunicar claramente la situación de enfermedad a pacientes y /o familiares. El 73% afirmó que el paciente debía conocer su situación de enfermedad y el 16% afirmó que solo la familia debía conocerlo.

El 74% manifestó que las decisiones del paciente deben respetarse sobre las decisiones del médico.

 

En cuanto a la reflexión sobre el final de la vida, el 72% de los encuestados reconoce haber pensado poco o nada sobre ello. El 89% está a favor de calmar el dolor y el 78% está de acuerdo con calmar el dolor aunque esto acelere la muerte.

 

El 52% de las personas estuvo de acuerdo en interrumpir tratamientos inútiles, el 24% con prolongar la vida artificialmente y el 22% en dejar la libre evolución de la enfermedad.

Cuando se interrogó sobre Eutanasia, (es decir que un médico pudiera “poner fin a su vida” en caso de enfermedad con sufrimientos insoportables) el 82% de los encuestados se manifestó de acuerdo.

 

El apoyo a la eutanasia es más frecuente entre la población de Montevideo en el rango de edad de 30 a 44 años y mayor en mujeres que en hombres. También en quienes refieren educación terciaria, dentro de ellos mayor en los que tienen Educación Terciaria y que tienen una buena percepción de su estado de salud, en los que tienen una autoidentificación ideológica de izquierda y en los que no tienen una autoidentificación religiosa.

En cuanto al suicidio asistido, interrogado como que “el médico le proporcione los medios necesarios para que la propia persona le ponga fin a su vida” el 44% contestó “afirmativamente y sin dudas” mientras que el 18% respondió “probablemente sí”, el 23% se manifestó en contra “con toda seguridad” y un 11% “creía que no” pero no estaba seguro.

La Dra. Julia Galzerano, responsable de la Comisión de Bioética y Derechos Humanos del SMU dijo que “sumando las respuestas de quienes están plenamente convencidos y quienes están convencidos sobre la eutanasia y el suicidio médicamente asistido se llega a un 80% de personas a favor en nuestro país”.

“Nos parece que a los uruguayos les interesa el tema y que es necesario hablar del mismo. Si nos basamos en esta encuesta de opinión, la gente tiene la idea de que se necesita legislar en el tema eutanasia, sobre todo a quienes tienen enfermedades, la están pasando mal y sin alternativas terapéuticas” agregó.

Galzerano agregó que “surge también de la encuesta la necesidad de comunicar más sobre la Ley de Voluntad Anticipada porque la gente no la conoce”.

Asimismo resaltó como dato de interés que “es más frecuente la opinión favorable hacia la eutanasia en mujeres que están sufriendo alguna enfermedad”

Por su parte, el Dr. Gustavo Grecco reflexionó al respecto de esta encuesta recordando que el sindicato en el marco de la celebración de sus 100 años y a propuesta de su Comisión de Bioética y Derechos Humanos “pone el tema de la eutanasia a discutir en la sociedad y dentro de esa discusión aparece esta encuesta como un insumo más que importante ya que entendemos que la sociedad uruguaya debe discutir sobre el final de la vida, sobre la muerte, sobre cuidados paliativos y sobre dignidad humana”. Grecco agregó que la encuesta muestra “un abrumador porcentaje de personas que no han pensado en el final de su vida y en la etapa final de su vida. Justamente apuntamos a dar discusión”.

Acceda aquí a la encuesta completa: Encuesta Eutanasia y Suicidio médicamente asistido

Declaración del Comité Ejecutivo del SMU sobre la prevención de la transmisión de COVID-19.

jueves 4 de junio de 2020

La situación sanitaria actual del Uruguay en relación a las infecciones por Sars – Cov2 es consecuencia de las acciones y definiciones que se han tomado por parte de múltiples actores a distintos niveles, donde el compromiso y responsabilidad de cada ciudadano ha sido y es crucial.

En este sentido el SMU realiza un llamado a las instituciones y a la población en general al cumplimiento estricto de la distancia física, uso de mascarilla, y ante todo evitar y no propiciar cualquier tipo de aglomeraciones.

Declaración del Comité Ejecutivo sobre plataforma reivindicativa de trabajadores de la salud.

Declaración del Comité Ejecutivo sobre plataforma reivindicativa de trabajadores de la salud.

miércoles 3 de junio de 2020

El Comité Ejecutivo del Sindicato Médico del Uruguay acompaña los siguientes puntos de la plataforma de los trabajadores de la salud vinculado con líneas políticas históricas del colectivo médico, sin detener sus actividades por el contexto epidemiológico actual:
– Por un nuevo convenio colectivo.
– Laudo para todos los sectores.
– Mejores condiciones laborales.
– Contra flexibilización laboral.
– Contrario a envíos a seguro de paro o subempleo.
– Equiparación salarial, igual función igual remuneración.

UDELAR , IMM y SMU impulsan iniciativas socio-sanitarias para contribuir al diagnóstico de poblaciones vulnerables

miércoles 3 de junio de 2020

Convenio entre Universidad de la República (Udelar), Intendencia de Montevideo (IM) y el Sindicato Médico del Uruguay (SMU) para la coordinación intersectorial e implementación de estrategias de contención del Covid-19 en poblaciones en situación de vulnerabilidad.

Iniciativas socio-sanitarias para contribuir al diagnóstico de poblaciones vulnerables

El pasado 4 de mayo la Universidad de la República, la Intendencia de Montevideo y el Sindicato Médico del Uruguay firmaron un convenio con el objetivo de ejecutar de común acuerdo acciones de cooperación interinstitucionales para fortalecer la respuesta a la actual pandemia con foco en poblaciones vulnerables.

Para cumplir lo anterior la coordinación interinstitucional del convenio se ha propuesto incentivar iniciativas que: (i) contribuyan a ampliar la capacidad de diagnóstico en poblaciones vulnerables, (ii)  contemplen en el diseño a las redes territoriales de las instituciones que trabajan en el ámbito donde se aplicará la iniciativa, (iii) aporten a la generación de nuevo conocimiento relevante para fortalecer la respuesta a la actual pandemia con foco en poblaciones vulnerables. En este marco, se invita a docentes universitarios y profesionales de las instituciones firmantes a presentar y hacerse responsables de ejecutar propuestas.  

Las mismas deberán ser viables con los recursos disponibles en las instituciones pudiendo solicitar al convenio algunos recursos para posibilitar los diagnósticos. Los recursos que se ponen a disposición a partir de este convenio son: un móvil para testeo, posibilidad de implementación de puestos fijos, capacitaciones para extracción de muestras, realización de test de diagnóstico molecular  en el Hospital de Clínicas. 

Las iniciativas se reciben por goteo y deben presentarse completando el siguiente formulario web: https://formularios.csic.edu.uy/diagnostico_covid19/

En el formulario se deberá detallar los responsables y equipos de trabajo, los objetivos de las propuestas, la estrategia de muestreo o focalización de los diagnósticos, los recursos disponibles y los recursos solicitados. Se valorará particularmente la conformación de equipos interinstitucionales.

La coordinación del convenio -en consulta con especialistas- evaluará la viabilidad de implementación de las iniciativas. Se prevé la posibilidad de sugerir ajustes en comunicación con los responsables de las propuestas recibidas con el fin de colaborar al cumplimiento de los objetivos del convenio.

Los/as docentes de la UdelaR podrán complementar las iniciativas presentadas a este llamado  solicitando apoyo financiero a los programas “Conocimiento especializado para enfrentar la emergencia planteada por el COVID 19 y sus impactos” y “Actividades en el medio para atender la Emergencia”, gestionados por la CSIC y la CSEAM, respectivamente.

Por consultas dirigirse al mail: testeocovid19@universidad.edu.uy

 

Atención socios: comenzó plazo de presentación de la declaración jurada anual de IVA, IRPF y IASS del año 2019.

Atención socios: comenzó plazo de presentación de la declaración jurada anual de IVA, IRPF y IASS del año 2019.

miércoles 3 de junio de 2020

Informamos a los socios que en el mes de junio comienza plazo de presentación de Declaración Jurada IRPF, IVA, y IASS, correspondiente al año 2019.

Debido a la emergencia sanitaria este año la comunicación con la contadora del Servicio Tributario del SMU no será de forma presencial sino via mail o telefónica.

Los socios que deseen realizar dicha declaración jurada a través del Sindicato Médico pueden comunicarse por el correo electrónico: serviciotributario@smu.org.uy.

Declaración del SMU sobre la importancia del rotulado frontal de advertencia nutricional en alimentos.

Declaración del SMU sobre la importancia del rotulado frontal de advertencia nutricional en alimentos.

viernes 29 de mayo de 2020

Visto:
-que el 1 de marzo de 2020 entró en vigencia el Decreto 272/018 mediante el cual el estado uruguayo implementa un rotulado frontal de advertencia nutricional en alimentos 
-que en marzo de 2020, el gobierno emite un nuevo decreto 91/020 por el cual suspende la aplicación del ya mencionado 272/018 por 120 días

Considerando:
-que durante el proceso previo de discusión sobre el tema, muchas industrias y cámaras de alimentación y bebidas se opusieron al mismo 
-que el decreto inicial fue flexibilizado tanto en su contenido como en el restraso de su fecha de aplicación 
-que se ha priorizado la armonización en el marco de la normativa del Mercosur para no aplicar la medida

El SMU declara: 
-que se considera un avance significativo en términos de salud pública lo que esta reglamentación implica, para el control de la Enfermedades no Trasmisibles, en particular obesidad y diabetes.
-que ve con profunda preocupación el retraso en la implementacion del rotulado frontal de alimentos, en tanto la evidencia científica ha demostrado sus notorios beneficios.
-que nuestro país es líder en el mundo en políticas públicas enfocadas en el cuidado de la salud de la población, por tanto exhortamos al gobierno a cumplir con la normativa vigente, avanzando sin más dilaciones hacia el rotulado frontal con la advertencia nutrucional de los alimentos.

COMSEPAE mantuvo reunión con Ministro del Interior y evaluó pasos a seguir por la seguridad de los equipos de salud.

COMSEPAE mantuvo reunión con Ministro del Interior y evaluó pasos a seguir por la seguridad de los equipos de salud.

jueves 28 de mayo de 2020

El pasado viernes 22 de mayo, integrantes de la Comisión Multi-institucional por la Seguridad del Personal de Atención Extrahospitalaria (COMSEPAE) fueron recibidos en el Ministerio del Interior por el Dr. Jorge Larrañaga, Ministro del Interior y el Dr. Luis Fernando Calabria, Director general de Secretaría de la cartera.

El objetivo de la reunión fue presentarse ante las nuevas autoridades e informar sobre el trabajo hasta el momento realizado en conjunto entre la COMEPAE y el ministerio, procurando contribuir a la seguridad de los equipos de salud, sobre todo a aquellos que se desempeñan en la atención extra hospitalaria.

Se esbozaron los primeros lineamientos a seguir en esta nueva etapa, insistiendo en mantener una comunicación fluida entre la policía y las bases de salida de las unidades móviles para prevenir la mayor cantidad de incidentes y agresiones, sobre todo en zonas donde se presenten conflictos.

Se habló además de continuar con el desarrollo de campañas de concientización a la población como las ya realizadas por el SMU .

Este encuentro con las autoridades fue evaluado en una reunión de la COMSEPAE realizada por zoom este martes 26 de mayo en forma positiva aunque se continúa expectante de la participación de personal del propio ministerio en estas reuniones para poder poner en práctica las estrategias acordadas y relacionarse con mayor fluidez.

Protocolo.

La COMSEPAE definió en 2019 actualizar el Protocolo de Actuación en la escena extrahospitalaria vigente desde el año 2014 así como revisar e insistir en su cumplimiento.

Para formular la redacción de estos cambios en el documento se propuso trabajar en grupos más reducidos y volcar al pleno de la comisión lo que se produzca en estas instancias para aprobar cuanto antes la necesaria actualización del protocolo mencionado.

 

Declaración del Comité Ejecutivo sobre Eutanasia, Suicidio Médicamente Asistido y Cuidados Paliativos.

Declaración del Comité Ejecutivo sobre Eutanasia, Suicidio Médicamente Asistido y Cuidados Paliativos.

jueves 28 de mayo de 2020

Eutanasia, Suicidio Médicamente Asistido y Cuidados Paliativos.

Respecto a la muerte digna como derecho humano el CE del SMU invita a la reflexión y declara: 

  • Apoyar y respaldar lo actuado por la Comisión de Bioética y Derechos Humanos, que ha generado una amplia discusión sobre el fin de la vida con una perspectiva de derechos, y se encuentra en pleno proceso de elaboración de insumos para elevar a este Cuerpo para la toma de decisiones, entre ellos una encuesta a la población, al colectivo médico y el proceso de discusión sobre ética y derechos humanos.
  • Invitar al colectivo médico a la reflexión sobre el proceso del final de la vida y la muerte digna en todas sus acepciones.
  • Apoyar, como históricamente ha sido, el máximo desarrollo de los cuidados paliativos como especialidad y prestación integral del Sistema Nacional Integrado de Salud, mejorando acceso y equidad.
  • Fomentar la más amplia, plena y profunda discusión pública e interna en el colectivo médico sobre eutanasia, suicidio médicamente asistido y cuidados paliativos desde una perspectiva de derechos, en el entendido de que en la muerte digna hay complementariedad y no contraposición de las temáticas.

Entrevista al diputado Dr. Ope Pasquet sobre su proyecto de ley sobre eutanasia y suicidio médicamente asistido.

Entrevista al diputado Dr. Ope Pasquet sobre su proyecto de ley sobre eutanasia y suicidio médicamente asistido.

lunes 25 de mayo de 2020

El pasado 19 de mayo el diputado del Partido Colorado, Dr. Ope Pasquet mantuvo una reunión con la Comisión de Bioética y Derechos Humanos del SMU para intercambiar opiniones sobre su proyecto de ley sobre eutanasia y suicidio médicamente asistido.

Luego de la reunión, mantuvimos una entrevista con el diputado para conocer de primera mano las generalidades y aspectos principales de dicho proyecto.

Pregunta (P) ¿Cuál es la perspectiva principal del proyecto de ley?

Respuesta (R) El tema está enfocado desde el punto de vista del derecho penal. En nuestro derecho penal, al día de hoy, tanto como el homicidio piadoso, es decir eutanasia activa, como la ayuda al suicidio constituyen delito.

En el caso del homicidio piadoso el juez puede exonerar de pena a quien lo haya cometido i le parece que corresponde hacerlo, es una facultad discrecional del juez.

En cambio en la ayuda al suicidio no hay tal discrecionalidad, que en el caso de probarse el delito, debe castigarse.

Pensamos que estas normas penales hoy vigentes castigan al médico que está dispuesto a brindar una ayuda humanitaria porque en definitiva es eso a la persona que se encuentra en un trance que le hace preferir morirse que seguir viviendo como lo está haciendo.

Yo estoy convencido que lo menos que puede hacer el estado es no castigar a quien está dispuesto a ayudar a otro por razones de humanidad.

Este es el contenido esencial del proyecto, establecer un procedimiento que sirva como causa de justificación para el médico que practica la eutanasia activa o que asiste a otro a suicidarse en circunstancias establecidas en el propio proyecto de ley.

Hubiese sido posible otro abordaje del tema como por ejemplo declarar el derecho a la muerte digna como un derecho humano fundamental y ordenar que el estado preste el servicio correspondiente y establecer una serie de normas en ese sentido pero eso abriría una discusión mucho más amplia y más ruidosa que la que se puede abrir con este proyecto que se circunscribe a lo esencial que es este aspecto penal por el cual se crea una causa de justificación y se libera de responsabilidad penal al médico que actúe de acuerdo con la ley.

Lo que yo quiero es que esto salga y para eso se requieren consensos políticos lo más amplios posibles y este camino es el que puede concitar mayores adhesiones.

P ¿Cuáles son los contenidos generales del proyecto de ley?

R En primer lugar, en al artículo primero se establece que se exonera de responsabilidad penal al médico practica la eutanasia activa o que asiste a alguien a suicidarse.

Quien está cursando una enfermedad incurable e irreversible ya en fase terminal o padece sufrimiento insoportable puede acudir al médico pidiéndole su ayuda para poner fin a su vida. El médico no tiene obligación de responder afirmativamente a este pedido, no se le impone ningún deber, queda librada a su voluntad la decisión de asistir o no.

En caso de decidir realizar la asistencia, tiene que actuar de acuerdo con el procedimiento que la ley establezca. El médico debe constatar el estado de la enfermedad del paciente y buscar una segunda opinión médica de alguien independiente al caso.

En el caso de seguir adelante el proceso, deberán existir dos entrevistas más con el paciente, informarle sobre las alternativas terapéuticas o paliativas a las que puede acceder y confirmar que la persona está plenamente consciente de su situación.

Se deberán registrar estas instancias para ser luego agregadas a la historia clínica del paciente.

Si concluidas las dos entrevistas, la persona sigue empeñada en poner fin a su vida y el médico entiende que están dadas las condiciones para que así suceda, deja pasar un plazo de tres días para la reflexión final y al cabo de ese período la persona tiene que emitir su voluntad final ante dos testigos para ir a la última etapa del procedimiento donde el médico toma la acción necesaria para practicar la eutanasia o le da a la persona los elementos necesarios para que ella ponga fin a su propia vida.

Cuando todo esto concluye, el médico tiene que remitir la historia clínica con todos los documentos del proceso al Ministerio de Salud Pública a efectos de que la autoridad verifique que se ha cumplido con lo establecido en la ley.

En caso que el MSP entienda que no se ha cumplido con la ley, pasa los antecedentes a la fiscalía de corte para que esta decida si es necesario proceder a alguna investigación.

P ¿Qué aporte piensa que puede hacer el SMU en este marco?

R  Yo creo que es un aporte muy importante para difundir todo esto entre el colectivo médico en primer lugar y en la población general en segundo. Sobre todo creo que puede cumplir un rol muy importante aclarando un punto que ha aparecido reiteradamente en las primeras discusiones y polémicas que genera este proyecto de ley: hay quienes dicen que lo que hay que hacer no es legalizar la eutanasia o el suicidio médicamente asistido sino difundir y fortalecer los cuidados paliativos. A mí me parece que esto está muy bien, hay que fortalecer y ampliar los cuidados paliativos y llevarlos a todos los rincones del país, pero es una falsa oposición plantear esto como una alternativa excluyente de la eutanasia o la asistencia para el suicidio. Yo creo que es la propia persona de cuyo sufrimiento se trata quien tiene que elegir lo que quiere. Hay que tratar estos temas como lo que son, complementarios.

También sería importante que el SMU promueva que vuelva a discutirse la norma del código de ética médica que dice que la eutanasia va contra la ética de la profesión. Si hay un cambio en la legislación penal, se justifica esa revisión.

P ¿Piensa qué hay un contexto político y social para aprobar una iniciativa de estas características en Uruguay?

R Creo que sí, la población uruguaya en general está dispuesta a aceptar una solución que en definitiva es humanitaria. No estamos discutiendo conceptos abstractos, detrás de esto hay mucha gente que sufre, pacientes y familiares.

A partir de la presentación de este proyecto, muchos familiares se han puesto en contacto conmigo y me han contado lo doloroso de haber visto sufrir a sus seres queridos pidiendo que alguien acabe con ese sufrimiento sin encontrar la forma de hacerlo.

La gente lo entiende porque sabe que estas cosas suceden y por eso se va a recibir bien una solución humanitaria con garantías a cosas que se hacen en la clandestinidad y en la penumbra.

Esto sería bueno para todos, para los médicos que podrían actuar bajo el respaldo de la ley, para los pacientes que tendrían esas garantías y para los familiares que podrían tener la certeza de que si se llega a una solución de este tipo es después de haber agotado todas las instancias previas. Tendríamos la oportunidad de hacer más humano ese tránsito tan doloroso por el que muchas las personas tienen que pasar.